El Correo deberá pagar por un telegrama mal redactado
Luego de revocar un fallo de primera instancia, a cargo del Juzgado Federal Nº 2, la Cámara Federal de nuestra ciudad ordenó al Correo Argentino indemnizar al exdirector de un instituto terciario local por tergiversar un telegrama de despido, en el cual figuraba su renuncia general y no solo a uno de los dos cargos que ocupaba.
La llamativa decisión correspondió a los doctores Néstor Luis Montezanti y Pablo Candisano Mera (por secretaría de Silvia Mónica Fariña), quienes ordenaron que la empresa postal le pague a Alberto Luis Coletta un importe de 55.500 pesos y costas del proceso.
El hombre era representante legal y director interino del Instituto Riviere S.A. y confeccionó de puño y letra un telegrama por el que renunciaba solo al primer cargo, aunque un empleado del Correo Oficial de la República Argentina se limitó a transcribir "renuncio a partir del día de la fecha".
Esa situación motivó que la institución manifestara que no recibía el certificado médico presentado por Coletta (con el que pretendía justificar sus inasistencias) porque la relación laboral se había extinguido el 19 de febrero de 2007, fecha de recepción del telegrama.
En primera instancia, la justicia había rechazado la demanda de Coletta, por considerar inexistente una relación entre el error y el perjuicio del despido sufrido por el hombre.
Al presentar la apelación, la parte afectada indicó que dicho yerro "dio el puntapié inicial para la ruptura del vínculo laboral" y que su empleadora se valió de esa supuesta renuncia para no asignarle tareas, hasta desembocar en la finalización del vínculo laboral.
"Diversos perjuicios". Según los camaristas, sí hay certeza de que "el error cometido en la confección del telegrama por el empleado de la demandada fue lo que ocasionó la pérdida del trabajo del señor Coletta".
Citaron las declaraciones de dos testigos de apellidos Prieto y Fernández, compañeros de trabajo de Coletta.
La causa de índole laboral falló a favor de Coletta, aunque el damnificado no pudo avanzar en el cobro fijado por "los avatares comerciales de la Argentina".
"Se desprende que por el error cometido por el empleado del Correo en la confección del telegrama, el Instituto Riviere SA perturbó la relación laboral que tenía con el señor Coletta, por su renuncia a los dos cargos y sin derecho a percibir indemnización
"Lo cierto es que el conflicto tuvo por causa eficiente el insólito error incurrido por el correo oficial y a sus resultas el actor se vio enfrascado en un pleito que, más allá del beneficio que consagra la ley de Contrato de Trabajo, debe haberle devengado necesariamente gastos; en una pérdida de chance laboral que resulta bastante obvia atendiendo a su edad y a su especialidad profesional", explicó la Cámara.
Por otra parte, resaltaron el daño moral sufrido. "No necesita para su acreditación la prueba objetiva de un determinado padecimiento; basta con que se acrediten las circunstancias en las que, según las reglas de la vida constatables por la experiencia común, el contenido de aquel agravio resulta consecuencia normal del hecho ilícito".
A esto se agregó "la circunstancia de tener que afrontar el súbito pleito laboral, alongado e incierto, el desasosiego que produce comprobar que el ente oficial atribuido de uno de los servicios públicos esenciales del Estado ha cometido tamaño gatuperio con tan serias consecuencias para quien ocurrió a él en plena confianza y como paso insoslayable y el tiempo transcurrido en este maremágnum de incertidumbre", para elevar el monto de la sanción a 55.500, que deberá ser abonada por el Correo dentro de los diez días después de la notificación del fallo.
"Responsable"
Los camaristas entendieron que el Correo Oficial de la República Argentina es responsable del error cometido por su dependiente. "Dada la índole de la tarea que prestaba el actor, la edad y la especialidad profesional de éste, la remuneración que percibía y el decrecimiento del mercado laboral desde la fecha del conflicto (con la consiguiente reducción de la expectativa de conseguir nuevo empleo), considero razonable asignar por este rubro $ 25.000", resolvieron.