Bahía Blanca | Miércoles, 16 de julio

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Compre Nacional por decreto

BUENOS AIRES (DyN) -- Los organismos de la administración pública nacional sólo podrán comprar pasajes en avión para sus funcionarios y empleados en Aerolíneas Argentinas y Austral, pagarles sus haberes mediante el Banco Nación, proveerse de combustible y lubricantes en la petrolera YPF y adquirir automóviles con Nación Leasing.






 BUENOS AIRES (DyN) -- Los organismos de la administración pública nacional sólo podrán comprar pasajes en avión para sus funcionarios y empleados en Aerolíneas Argentinas y Austral, pagarles sus haberes mediante el Banco Nación, proveerse de combustible y lubricantes en la petrolera YPF y adquirir automóviles con Nación Leasing.


 Así fue dispuesto mediante los decretos 1187, 1188, 1189 y 1191 publicados ayer en el Boletín Oficial. En cuanto a la contratación de telefonía celular móvil, radio y transferencia de datos para el sector público nacional, el decreto 1190 instruyó a la Jefatura de Gabinete para realizar acuerdos marcos con empresas proveedoras de esos servicios.


 En todos los decretos se aclara que los contratos de servicios vigentes celebrados con entidades privadas deberán cumplirse hasta su finalización, pero no podrán ser renovados.


 El decreto 1187, referido al pago de haberes de los empleados públicos, indica que los organismos y estatales "deberán implementar el pago de haberes al personal mediante el Banco de la Nación Argentina, a través de la apertura de cajas de ahorro común, en dicha entidad bancaria pública, para cada uno de los agentes".


 Por su parte, el decreto 1188, indica que los organismos públicos "deberán adquirir los automotores destinados al cumplimiento de sus objetivos institucionales, al desarrollo de sus funciones operativas y a dotar a la comunidad de los bienes y servicios cuya prestación corresponda al Estado, mediante la celebración de contratos de leasing con Nación Leasing S.A.".


 Al respecto, se indica que las jurisdicciones y entidades estatales "deberán remitir dentro de los 30 días corridos a la Oficina Nacional de Contrataciones (dependiente de la Jefatura de Gabinete) el detalle de la totalidad de los vehículos con que cuentan".


 El decreto 1189, establece que los organismos públicos "deberán contratar con YPF Sociedad Anónima la provisión de combustible y lubricantes para la flota de automotores, embarcaciones y aeronaves oficiales".


 También se indica que para el pago de esos servicios "podrá implementarse un sistema de Tarjeta Magnética Precargable" emitida por el Banco Nación.


 El 1191, en tanto, establece que todas las jurisdicciones y entidades del sector público nacional "deberán contratar con Aerolíneas Argentinas S.A. y Austral Líneas Aéreas Cielos del Sur S.A., los pasajes que requieran para el traslado por vía aérea, tanto dentro como fuera del país, de sus funcionarios, empleados o asesores contratados bajo cualquier modalidad, o de terceros cuyos traslados financiaran".


 Los organismos "podrán apartarse de lo dispuesto únicamente por decisión fundada de su máxima autoridad, cuando las empresas (Aerolíneas y Austral) no comercialicen vuelos directos o indirectos al área de influencia del lugar de destino requerido o carezcan de disponibilidad para la fecha solicitada", pero, en ese caso, deberán contratar los servicios de Líneas Aéreas del Estado (LADE) "si ésta los prestara en condiciones de modo, tiempo y lugar acordes con los requerimientos oficiales".