Bahía Blanca | Miércoles, 16 de julio

Bahía Blanca | Miércoles, 16 de julio

Bahía Blanca | Miércoles, 16 de julio

Una ley para las fiestas populares

La comisión de Asuntos Constitucionales del Senado bonaerense se apresta a emitir dictamen sobre dos proyectos de ley del legislador montehermoseño Alejandro Dichiara, tendientes a regular el otorgamiento del rótulo de "fiesta provincial" a distintas celebraciones y "capital provincial de" a las poblaciones que se consideran especialistas en determinada actividad o elaboración de un producto.

 LA PLATA -- La comisión de Asuntos Constitucionales del Senado bonaerense se apresta a emitir dictamen sobre dos proyectos de ley del legislador montehermoseño Alejandro Dichiara, tendientes a regular el otorgamiento del rótulo de "fiesta provincial" a distintas celebraciones y "capital provincial de" a las poblaciones que se consideran especialistas en determinada actividad o elaboración de un producto.


 Uno de los proyectos de ley establece que el Ejecutivo les otorgará el carácter de "provincial" sólo a las fiestas, festivales o ferias que cuenten con más de cinco años de antigüedad y que, por "su jerarquía, permanencia y repercusión dentro del ámbito provincial o regional y una futura proyección nacional, justifiquen tal denominación oficial".


 Otro requisito es que deberán promover actividades culturales, sociales, deportivas, productivas y afines; además, tendrán que ser organizadas y financiadas por "instituciones oficiales u organizaciones no gubernamentales" (las cuales, se aclara, podrán recibir subsidios de organismos municipales, provinciales, nacionales o internacionales).


 Otro requisito para obtener y mantener el rótulo de "fiesta provincial" es integrar la programación de shows y propuestas culturales con al menos un 40% de artistas o creadores de la provincia de Buenos Aires.


 El proyecto establece que la Provincia creará el Registro de Fiestas Provinciales, en el que se inscribirá a las celebraciones que sean declaradas como tal, sus objetivos, reglamento interno y fecha aproximada de realización, entre otros datos.


 El ingreso a este registro será a petición de las comisiones organizadoras de cada fiesta, y con autorización del Ejecutivo bonaerense.


 Este último no podrá reconocer como "provincial" a ninguna fiesta que tenga igual o similar denominación que otra ya existente. De la misma forma, se quitará ese rótulo a las celebraciones cuyos objetivos originales hayan sido desvirtuados.


 Según los datos arrojados por el Sistema de Información Cultural de la Argentina, anualmente se desarrollan en el país cerca de 2.700 celebraciones populares, 400 de las cuales se localizan en la provincia de Buenos Aires.


 En su mayoría, están relacionadas con aspectos de la tradición folklórica, la actividad productiva y su gastronomía asociada, los inmigrantes, las estaciones del año y la fauna y flora característica de cada pueblo, entre otros. Las más importantes reciben a un promedio de 20 a 30 mil personas por edición.

Las capitales




 En cuanto al proyecto de ley que regula el otorgamiento del rótulo de "capital provincial", establece que se otorgará a todo partido o localidad que lo requiera "en mérito de un evento o actividad de sus habitantes o de un hecho de la naturaleza".


 La designación se oficializará mediante decreto o resolución, a pedido de cada municipio, y tendrá una vigencia de cinco años (se podrá renovar sucesivamente por igual período).

A tener en cuenta

Requisitos






 Los requisitos a cumplir son que la denominación se refiera a una actividad o un hecho de interés cultural, turístico o deportivo de la ciudad o distrito solicitante; que esa actividad se destaque por su originalidad, destreza o majestuosidad; y que su trascendencia cuente con el reconocimiento de otros partidos o localidades bonaerenses.