Bahía Blanca | Lunes, 11 de agosto

Bahía Blanca | Lunes, 11 de agosto

Bahía Blanca | Lunes, 11 de agosto

Reforma laboral en Argentina: Impacto y controversias

Los abogados laboralistas Verónica Quinteros y Lucas Battistón analizaron las consecuencias de los cambios aprobados.

¿Qué puede pasar con la Ley Bases una vez reglamentada su reforma laboral? ¿Qué sucederá con el rol de los sindicatos y los trabajadores independientes que figuran en la ley? 

Son algunas preguntas que respondieron Verónica Quinteros, abogada laboralista e integrante de la organización de derechos humanos Liberpueblo, y Lucas Battistón, especialista en Derecho Laboral. 

Mientras Quinteros concluyó en que si la reforma laboral avanza firmemente tal como fue aprobada, habrá gremios que terminarán vaciados y derechos colectivos quedarán en jaque y se habilitará la amedrentación a trabajadores, Battistón afirmó que la reforma era absolutamente necesaria.

Desde la visión de Quinteros, aun con los cambios que se le hicieron al proyecto, la reforma laboral afecta a los derechos individuales, aunque también a los derechos colectivos.

“Se modifica la Ley de Contrato de Trabajo y leyes que implicaban agravamientos por falta de registración del trabajador. Esta reforma crea una figura inédita, que es la del trabajador independiente con hasta tres colaboradores, que no tienen relación de dependencia ni con el lugar de la prestación ni entre sí; son monotributistas. Crean una figura deslaboralizada en la Ley de Contrato de Trabajo, cuando en las leyes argentinas, en el Código Civil y Comercial, ya existe la categoría de autónomo”, analizó la letrada.

Por otro lado, cree que, con la aprobación de la Ley Bases, resultarán seriamente perjudicados los sindicatos.

“Buscan vaciar los sindicatos, que no van a tener a quién representar. Buscan vulnerar la tutela que ejercen los gremios, producto de las conquistas logradas por las luchas colectivas. Porque primero hubo conflictos, huelgas, negociaciones colectivas, y recién después vino la Ley de Contrato de Trabajo”.

La abogada continuó criticando con dureza cada ítem de la Ley Bases que hace mención a las reformas laborales.

“El objetivo es amedrentar a las y los trabajadores, que participar en una huelga puede ser causal de despido. No prohibieron el derecho de huelga directamente, porque es un derecho constitucional, pero le dieron una vuelta a la redacción para plantear eso mismo”.

Otro punto muy criticado por Quinteros, son los despidos y las indemnizaciones.

“Otro aspecto a destacar es el cambio en lo que hace a los despidos discriminatorios. Varios fallos judiciales establecen que, si te despiden por motivos raciales, sindicales, físicos, el empleador tenía que reinstalarte. Se consideraba que ese despido no tenía valor legal. La reforma plantea que no hay obligación de reinstalar a ese trabajador discriminado, sino un aumento de la indemnización que puede ser del 50%, o del 100 solo si el juez considera que la discriminación es muy grave”.

En relación con el fondo de cese laboral que podría reemplazar las indemnizaciones, la abogada hizo hincapié en un aspecto que pocas veces aparece en los análisis: la carga extra que ese fondo puede significar para muchas empresas. Es decir: sería beneficioso para las empresas que quieren despedir trabajadores, pero un problema para las que busquen generar y sumar trabajo.

“Para las pymes, el fondo de cese laboral va a ser un gran problema. A ese empresario, cuando no está pensando en despedir trabajadores, sino en cómo producir, cómo tener acceso al crédito, ¿por qué le voy a hacer pagar un fondo de cese laboral? Le estoy cargando más obligaciones impositivas”.

A su turno, el doctor Battistón manifestó que Argentina tiene una legislación laboral que en algunos aspectos está desfasada.

“Si bien es difícil poder estar de acuerdo en todo, hay artículos que me parecen correctos. En términos generales, esta reforma va a servir para facilitar la contratación del personal a través de una flexibilización del blanqueo laboral”.

“Entre los artículos 76 y 81, bajo el título «Promoción del empleo registrado», se plantea una serie de beneficios para los empleadores en caso de regularizar a sus trabajadores. Un artículo específico trata sobre la simplificación de la registración de trabajadores en empresas que cuentan con menos de 12 empleados. Con este punto se busca establecer un sistema que englobe los pagos de los costos laborales en un solo concepto. De esta manera, se agiliza mucho más la liquidación de las cargas sociales. El objetivo es facilitar la creación del empleo. En Argentina hace cerca de 14 años que el sector privado no puede generar puestos de trabajos genuinos”, destacó.

A su vez, explicó cómo influye la reforma laboral en todo lo que tiene que ver con las indemnizaciones.

“La única modificación que existe es la posibilidad de crear un fondo de cese laboral. En el artículo 93 de la reforma, se habilita que, a través de convenios colectivos de trabajo, se reemplacen las indemnizaciones por despido por la constitución de un fondo o sistema de cese laboral que debe ser financiado por el empleador. Esto será según disponga el Poder Ejecutivo e indica que los empleadores podrán optar por contratar un servicio privado o por autoasegurarse. Es un modelo similar al que se utiliza en la industria de la construcción. Se va a aplicar solamente en las actividades que así lo deseen y lo negocien a nivel colectivo. El resto continúa con el sistema tradicional de indemnizaciones”.

Si bien Battistón se mostró conforme en líneas generales con la reforma, sugirió que todavía hay que avanzar más sobre la ejecución de un sistema moderno que traiga otros beneficios en el mercado laboral.

“El proyecto inicial abarcaba cuestiones que han quedado afuera. Las reformas en materia de derecho colectivo y sindical quedaron pendientes. Faltan normas que dinamicen la negociación colectiva. Muchas actividades importantes se rigen por convenios colectivos de trabajo que datan de 1975. Muchos ítems son absolutamente obsoletos y generan inconvenientes en la organización del trabajo”.