Bahía Blanca | Miércoles, 01 de mayo

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Luna no tendrá reducción de pena ni irá a una cárcel de mujeres

Ante la posibilidad -remota- de que el homicida de Micaela Ortega pida la eliminación de la calificación de femicidio, a partir de su cambio de género, existen otras agravantes en la sentencia que mantendrán la pena en prisión perpetua.
 

En medio del revuelo que causó en las últimas horas la novedad, registrada en agosto pasado, del cambio de género del homicida de Micaela Ortega, Jonathan Luna -dijo que se autopercibe mujer-, se aclaró que el acusado no tendrá ningún beneficio de reducción de pena ni que pase a una cárcel de mujeres.

Ante la remota posibilidad de que la defensa pida una atenuación de la calificación legal, para quitar el femicidio por considerarse "Yoana" y no Jonathan, en nada cambiaría la pena de prisión perpetua.

Es que el fallo por el crimen de la niña también fue calificado por alevosía y criminis causa (matar para ocultar otros delitos) y esas dos agravantes, de manera autónoma, ya prevén la pena de perpetua.

"No está planteado y, después de un año (del cambio de género), no creo que lo planteen. Llegado el caso, en el peor de los escenarios, si la agravante (de femicidio) no va, las otras dos no se modifican. No tiene sentido que lo plantee, aunque sí es importante discutir este tema para casos que tengan solo la calificante de femicidio", explicó la abogada María Fernanda Petersen, representante de la familia de Micaela.

Por otra parte, la misma letrada descartó la posibiliad de que sea derivado a una cárcel de mujeres.

En principio, porque nunca lo pidió y, en segundo lugar, porque es inviable.

"No solicitó pasar a una cárcel de mujeres, sino a un pabellón especial, medida que se le concedió en agosto. Se trata de un pabellón de diversidad de género que está en algunas cárceles, especialmente del conurbano", sostuvo Petersen.

Por último, Petersen confirmó que presentaron un escrito ante el Tribunal Criminal Nº 2 para que, de ahora en más, Mónica Cid, la mamá de Micaela, sea notificada sobre las novedades de la causa, ya que es el derecho que les confiere la ley de víctimas.

"Eso me parece lo más grave", cerró.

¿Perpetua es perpetua?

El Código Penal Argentino prevé, en su artículo 13, que el condenado a prisión perpetua “podrá” obtener la libertad al cumplir los 35 años de la condena, aunque el artículo 14 no habilita ese beneficio para los reincidentes.

Este es el caso de Jonathan Luna, de confirmarse el fallo ejemplificador dictado hoy por el Tribunal en lo Criminal Nº 2.

¿Podría permanecer Luna en la cárcel hasta el resto de sus días? Podría.

Existen fallos de tribunales superiores -entre ellos la Corte Suprema de Justicia de la Nación- que equiparan la perpetuidad de la pena con la “muerte civil” de quien la recibe. Y la cuestionan porque choca con el “fin resocializador” de la sanción.

Sin embargo, hablan de “posibilidad” y no de “obligación”, con lo cual la perpetua para reincidentes podría ser, efectivamente, para toda la vida.

¿Debería permanecer Luna en la cárcel hasta el resto de sus días? Debería.

Parece imposible el “fin resocializador” con él.

En Río Negro había sido condenado por un asalto y a la primera salida transitoria no volvió. Y para peor, agravó su mecánica delictiva a un punto irreparable: el crimen de Micaela.