Bahía Blanca | Jueves, 25 de abril

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El caso del abuelo/nieto: ¿hubo legítima defensa o fue un crimen sin atenuantes?

El hombre acusado de matar a su nieto de 5 disparos recuperó la libertad, luego de ser indagado.

Este es Domingo Verna, "el abuelo". La imagen es de 2013, durante una entrevista como fomentista del sector. Foto: Archivo La Nueva.

   La causa del abuelo que mató a su nieto de 5 tiros, en el barrio Bahía Blanca, empieza a generar un debate jurídico, en medio del dolor y el estupor que el caso provocó.

   Domingo Faustino Verna, el acusado de 77 años que el lunes a la tarde terminó con la vida de Brian Verna Batalla (29) en la puerta de su casa, ubicada en Cobián al 600, fue liberado por el fiscal Jorge Viego, luego de negarse a declarar en la indagatoria (tiene derecho a hacerlo).

   Esa decisión excarcelatoria generó polémica, aunque el instructor de la causa, según trascendió, se basó -más allá de la edad del imputado (más de 70 años)- en las imágenes de dos videos, que anoche difundió La Nueva.

   En las filmaciones de las cámaras de seguridad de la casa se observa, en principio, un ataque a golpes del joven al adulto mayor y, en otra secuencia, cuando Braian patea el portón de la casa de su abuelo y, al abrirse por la fuerza, Domingo directamente le dispara hasta causarle la muerte.

Imágenes sensibles: los videos del enfrentamiento fatal entre el abuelo y el nieto

   Si bien el expediente judicial transita sus primeros pasos, la duda que surge es si existió una legítima defensa, un exceso de la misma o se trató de un crimen sin atenuantes.

¿Qué dice la ley?

   Según el artículo 34 del Código Penal, para que se configure una legítima defensa (que no se pena), se necesitan tres requisitos básicos:

1- Agresión ilegítima (en este caso sería del nieto a su abuelo).

2- Medio racional para impedirla (por ejemplo, si alguien recibe golpes de puño, no sería lógico responder a los tiros, salvo que la agresión de origen pusiera en riesgo su vida).

3- Falta de provocación de quien se defiende (este punto podría discutirse con lo que dice la madre del chico fallecido, en cuanto a que sufría un detrato y violencia psicológica permanente de su abuelo y que, a su vez, tenía una enfermedad mental de la que lo trataba desde muy chico).

   El artículo 35 del Código, en tanto, regula el exceso en la legítima defensa (podría ser cuando el acusado cumple solo algunos de los requisitos enumerados). En ese caso la pena sería más baja, como la de un homicidio culposo (6 meses a 5 años).

   ¿Qué aspectos pueden indicir en agravar o atenuar la situación?

   Que el acusado es un adulto mayor aunque, por otro lado, que es un militar retirado del Ejército y tenía portación o tenencia legal de armas y experiencia en el manejo de las mismas.

   "Si no quería matarlo y sí detener un ataque en su contra, podría haberle disparado a las piernas, se podría haber defendido de otra manera", opinó un abogado defensor, conocedor de la materia penal.

   "No creo que se dé un exceso en la legítima defensa. No había peligro en la vida del abuelo ni hubo un uso proporcional para impedir el ataque. Si el chico estaba con un palo, como se ve, y el abuelo hubiera salido con un bate, lo golpeaba y lo mataba, ahí sí, creo, podríamos hablar de un exceso en la legítima defensa", opinó.

   Verna, nacido en la localidad pampeana de General Acha, tiene 77 años, es retirado del Ejército y, además de su labor militar, prácticamente toda su vida se relacionó con la actividad fomentista en el sector de los barrios Bahía Blanca, Rosendo López y San Francisco.