Bahía Blanca | Miércoles, 23 de julio

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Caso Brun: cuáles son los pasos del jury luego de la denuncia

El jurado que saldrá de un sorteo entre abogados y legisladores de esa especialidad definirá si abre o no el caso.

 

Archivo - La Nueva.

   Tras la denuncia formulada contra el juez de Ejecución Penal N° 1 de nuestra ciudad, Claudio Brun, acusado de otorgar prisiones domiciliarias por delitos graves, en el marco de la pandemia, la secretaría permanente del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados y Funcionarios, que funciona en el Senado bonaerense, tendrá que notificarlo.

   De la misma manera -una vez que la denuncia llegue formalmente por vía de correo oficial y con firma certificada por escribano público- informará de la novedad al presidente de la Suprema Corte de Justicia, doctor Daniel Fernando Soria, quien presidirá el jury, y a la titular de la Cámara Alta, Verónica Magario.

   La Corte provincial tendrá que definir por sorteo 5 conjueces abogados (más 3 suplentes) y lo mismo hará la citada secretaría del Senado, que designará por la misma cantidad de legisladores especializados en derecho.

El primero digital

   Es difícil determinar los tiempos porque, según reconoció a La Nueva. el doctor Ulises Giménez (foto), titular de la secretaría de enjuiciamiento, se trata del primer caso que se presenta de manera digital y posiblemente la primera sesión deberá ser en forma virtual.

   En ese encuentro, el jurado definirá si la denuncia tiene entidad suficiente para abrir el procedimiento. De lo contrario, se archiva.

   De darse apertura, se puede analizar la situación solo con el contenido de la denuncia u ordenar un sumario. 

   En esa etapa se podría disponer el apartamiento preventivo del juez (como una instancia previa a la suspensión) aunque la Corte bonaerense podría disponer la licencia del acusado una vez notificado. 

   Si el jury avanza, se les corre traslado al procurador, a la comisión bicameral y al denunciante, para que asuman el rol de acusadores (pueden ser los 3 o uno solo) y también se le da vista al acusado para que haga su defensa, por escrito.

   El dictamen del procurador o la comisión bicameral, en caso de intervenir, no es vinculante para la decisión del jurado. 

   Los juicios a magistrados o funcionarios tiene una demora, en promedio, de poco más de un año, según se dijo.