Bahía Blanca | Viernes, 26 de abril

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Pornografía infantil: qué tipo de material y cómo lo distribuyen en la web

Unicef alerta desde 2012 sobre este tipo de conducta delictiva. La mayor parte de las imágenes que circulan involucran a nenas de entre 1 y 10 años.

Fotos: Pablo Presti y Archivo LN.

   “A pesar de que los niños están muy presentes en Internet, son muy escasas las medidas que se toman para protegerlos de los peligros del mundo digital y para aumentar su acceso a un contenido seguro en línea”, sostiene UNICEF.

   La producción y distribución de pornografía infantil es un delito que preocupa y del que nuestra ciudad no está ajena.

   En lo que va del año se iniciaron en Bahía Blanca siete causas judiciales por este tema, seis de la cuales se pusieron en marcha a partir de alertas emitidas por la misma corporación privada estadounidense que detectó la conducta pedófila de un pediatra del Hospital Garrahan.

   El organismo internacional realizó en 2012 un informe, en el que describió que la mayor parte del material pornográfico de menores que circula presenta imágenes de nenas de entre 1 y 10 años de edad.

   Ya por entonces advertía que "en forma preocupante" la edad de los chicos retratados bajaba, y que las imágenes eran “cada vez más gráficas y violentas”.

   También señalaba que los niños que aparecían pertenecían al entorno familiar o se encontraban al cuidado del pederasta.

   El especialista en delitos informáticos, Gustavo Sain, explicó a La Nueva. que “en lo que hace a la distribución de imágenes sexuales de menores por Internet, se realiza generalmente entre usuarios mediante programas de intercambio de archivos o redes P2P (entre pares) como Ares, Bitorrent, E-mule”.

   Agregó que esto se debe a que por sus características “no existe una empresa proveedora de servicios de Internet a quien solicitar elementos probatorios en términos de evidencia digital”.

   Sain mencionó además que “en casi todos los casos las imágenes están almacenadas en las computadoras de los usuarios y se intercambian fotografías y videos entre sí, en forma directa, mediante el sistema Torrent, que es un protocolo de comunicación para el envío de archivos pesados”.

Internet profunda

   El profesional describió que también existe venta de material de pornografía infantil en mercados negros, a través de la llamada “Deep Web o Internet profunda”.

   “Se entiende por esto a una serie de sitios que no son encontrados por los buscadores, motivo por el cual no son visibles para la mayoría de los usuarios. De esta manera, se complica su rastreo y el control de la actividad”, dijo el profesional.

   Explicó que “esto sucede encriptando las redes de computadora que las alojan para no ser reconocidas, mediante el uso de contraseñas complejas para su acceso y el secretismo por parte de sus usuarios de la divulgación de existencia del mismo”.

   Agregó que “las direcciones web para el acceso de los mismos se distribuyen entre los usuarios en forma secreta, son poco comunes e incluyen el dominio .onion. Para el ingreso a la misma se utiliza un programa de software especial y un navegador específico”.

   Detalló que las transacciones en línea se realizan con criptomonedas o sistemas de pago electrónico anónimos y encriptados, generalmente bitcoin.

   “No todas las redes encriptadas son ilícitas, la mayoría de ellas son utilizadas por determinados usuarios u organizaciones para no ser espiados por gobiernos o empresas, para lo cual se establece la diferenciación entre Deep Web, para usos legales, y Dark Web, para los delictivos”.

La investigación

   Sain describe que el sujeto que tiene esta conducta delictiva es más sencillo de rastrear, debido a que la lleva adelante en ámbitos privados, como su vivienda o el lugar de trabajo.

   “De esta menara, a partir de una denuncia, las autoridades judiciales pueden acceder a la dirección IP del dispositivo desde donde se almacena, recibió o transmitió una imagen de este tipo para luego asociarlo a la persona usuaria de ese material. En este sentido representa un rastro o indicio condicionante en términos jurídicos”.

   Comentó que “Interpol ha creado una base de datos de imágenes de abusos sexuales infantiles, donde mediante un programa informático de análisis de imágenes decomisadas realizan barridos por toda la web para identifican las que sean idénticas. Las imágenes se reducen a un código digital conocido como hash, donde puede rastrearse, localizarse y comparar, inclusive sin que los funcionarios puedan ver la imagen real”.

 

Marco legal

* De acuerdo a la Legislación Argentina, existen dos figuras penales directamente relacionadas con el acoso y abuso sexual infantil en Internet. Por un lado se encuentra el Artículo 128 del Código Penal de la Nación –incorporado desde el año 2008 a partir de la aprobación de la Ley N° 26.388 de delitos informáticos – que prohíbe la producción, distribución y desde el año 2017 también la tenencia de imágenes o representaciones de menores de edad semidesnudos o desnudos.

*En el año 2013 se incorporó el Artículo 131 al Codigo Penal, que contempla el acoso sexual a niños, niñas y adolescentes por parte de un adulto mediante el uso de servicios y aplicaciones de internet. La figura es conocida como grooming.