Bahía Blanca | Viernes, 29 de marzo

Bahía Blanca | Viernes, 29 de marzo

Bahía Blanca | Viernes, 29 de marzo

Condenaron a una mujer que golpeó a su hijo con un palo de escoba

La acusada admitió el hecho y dijo que tras el episodio realizó un tratamiento psicológico. El chico afirmó que ahora la relación entre ellos mejoró.

Foto: Archivo LN.

   Una mujer que reside en el partido de Puan fue condenada a seis meses de prisión en suspenso, acusada de haber golpeado a su hijo de12 años con un palo de escoba en la espalda durante un incidente familiar.

   El fallo fue dictado por el juez en lo Correccional Nº 1, quien halló culpable a la procesada -no se la identifica para preservar a la víctima- del delito de lesiones leves agravadas por el vínculo.

   Para el magistrado se probó que el 28 de octubre de 2014, en horas de la mañana, el chico sufrió golpes en la espalda, el hombro y en uno de sus brazos.

   Durante el debate la mujer admitió lo ocurrido, afirmó que se encontraba sobrepasada por la enfermedad que tenía otro de sus hijos, ya que casi no dormía.

   Consideró lo ocurrido como un desborde y sostuvo que tras el episodio realizó un tratamiento psicológico.

   Mencionó que ama a sus hijos y que “son su sostén”.

   También dijo que el chico volvió a vivir con ella y que no lo haría de nuevo.

   El menor afirmó que “no recordaba bien” lo ocurrido, aunque describió que “tuvieron un conflicto y su madre lo golpeó con un palo de escoba”.

   Explicó que en la escuela vieron las marcas de los golpes y le avisaron a su padre, quien se encontraba separado de la imputada.

   Señaló también que no se llevaba bien con la persona que por entonces estaba en pareja con su madre.

   “Agregó que volvió a vivir con su familia y se llevan mejor”, y “que su vieja cambió un montón” desde que sucedió el hecho.

Posturas

   Durante los alegatos del debate el defensor de la mujer dijo que lo ocurrido fue producto de un "desborde emocional, que no hubo afectación del bien jurídico, resultó a todas luces insignificante no habiendo afectado la salud de la víctima, y el aparato punitivo no puede avanzar, dado que los conflictos ya fueron solucionados".

   "Podría llegar a coincidir en cuanto a que el sistema penal podría haber dado otra respuesta a este caso, pero lo cierto es que llegados a esta instancia, en la decisiva y central etapa del juicio oral, no corresponde disponer la absolución de la encausada", sostuvo Ares en su resolución.

   Agregó que "contrariamente a lo alegado por la defensa, creo que en este caso la intervención de distintos organismos estatales ha ayudado a impedir la repetición de hechos tan lamentables como el que me ocupa, y han contribuido decisivamente a la solución del conflicto y a la recomposición de la relación materno-filial".

   Por todo ello, el magistrado halló culpable a la procesada del delito de lesiones leves y le impuso la pena de ejecución condicional.