Bahía Blanca | Lunes, 13 de mayo

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Claudio "Caco" Cabrera fue declarado inocente

Al no acreditarse su responsabilidad en el hecho, la justicia local absolvió ayer de culpa y cargo a Claudio Cabrera (43), alias "Caco", y dispuso su inmediata libertad, en la causa que se le siguió por el homicidio de Felipe Ignacio Rodas, hecho cometido a mediados del año pasado en Villa Nocito.

 Al no acreditarse su responsabilidad en el hecho, la justicia local absolvió ayer de culpa y cargo a Claudio Cabrera (43), alias "Caco", y dispuso su inmediata libertad, en la causa que se le siguió por el homicidio de Felipe Ignacio Rodas, hecho cometido a mediados del año pasado en Villa Nocito.


 El fallo fue dictado por los jueces Mario Lindor Burgos, Hugo Adrián de Rosa y Enrique José Montironi, integrantes del Tribunal en lo Criminal Nº 1.


 Los magistrados consideraron demostrado que durante la madrugada del 23 de mayo de 2011, Rodas fue baleado en la cabeza con un arma calibre 22 y, agonizante, quedó tirado en la intersección de Chaco e Inglaterra, junto a una motocicleta.


 Trasladado al Hospital Municipal de Agudos Doctor Leónidas Lucero, el individuo, quien registraba numerosos antecedentes penales, falleció al día siguiente.


 Contrariamente a lo señalado por el fiscal Christian Long, que había pedido doce años de cárcel para el imputado, el juez Burgos, quien votó en primer término, consideró que durante la instrucción y el juicio oral, no se colectaron elementos de prueba que permitieran sostener la acusación.


 En este sentido, sostuvo que no se logró acreditar que Rodas haya estado esa noche en la finca de Inglaterra 1930, donde residía Cabrera, y lugar en el cual, de acuerdo con la hipótesis del titular de la UFIJ Nº 5, donde habría sido baleado.


 Mencionó el doctor Burgos que la pericia genética realizada sobre manchas de sangre halladas en una sábana secuestrada en el lugar, estableció que no pertenecían a la víctima.


 También recordó los testimonios de dos vecinos que residen en esa calla y quienes aseguraron en el debate no haber visto a Rodas en esa finca.


 Por su parte --agregó el tribunal--, Rosa del Carmen Saavedra, quien era la pareja del hombre asesinado, manifestó que éste había salido de su casa para ir a lo de un tal "Cabeza" a tomar vino y que después iría a lo de otro sujeto, apodado "Sojo", supuestamente a buscar un presupuesto para un trabajo.

Fundamentos.




 El juez Burgos, con la adhesión de sus pares, coincidió con lo señalado en su alegato por el defensor, doctor Sebastián Baltazar Martínez, en cuanto a que no se pudo demostrar la responsabilidad de "Caco" Cabrera en el hecho.


 En primer término, expresó que los testigos que hallaron el cuerpo de Rodas tendido en la calle, brindaron distintos horarios sobre el momento en que ello sucedió y de cuando avisaron a las autoridades.


 "El hecho de que la víctima se encontrara en cercanías de la casa del imputado no aporta ningún elemento" de prueba, afirmó el doctor Burgos.


 Dijo que los policías que llegaron al lugar no advirtieron ninguna huella de arrastre desde la casa del procesado hasta allí y agregó que la única lesión que se encontró en el cuerpo de la víctima fue la producida por el impacto de bala en la cabeza.


 Tampoco quedó constancia en el acta de inspección ocular policial, de algún rastro de sangre en ese trayecto.


 Más adelante, el juez recordó nuevamente el testimonio de la pareja de Rodas, y destacó que en ningún momento aludió a que el individuo pensara ir al domicilio de "Caco" Cabrera. La mujer también afirmó que el encausado le "fiaba" droga a su concubino y no mencionó que éste se la sacara por la fuerza.


 Señaló Burgos que Saavedra destacó que "Rodas le había hecho favores a Cabrera en la cárcel, salvándole la vida, con lo cual no se entiende qué interés tendría Cabrera realmente, de haber sido esto así, en querer agredir a quien lo defendiera".


 Consideró además "llamativo" que horas antes de ser atacado Rodas, dos jóvenes se presentaron en su casa buscándolo, al parecer enojados porque la víctima se había quedado con plata que le dieran para comprarles estupefacientes.


Un testimonio que no pudo ser corroborado









 El juez Mario Lindor Burgos aludió en su voto a la declaración incorporada por lectura del fallecido Valerio Enrique Ormazábal Urrutia, quien había dicho durante la etapa de instrucción de la causa, que escuchó comentarios acerca de que Felipe Rodas le sustrajo drogas a "Caco" Cabrera de su casa, y que éste manifestó que "le pegaría un tiro".


 "Dicha declaración, y teniendo en consideración los principios que rigen el sistema oral vigente, no me permiten extraer certeza alguna respecto de las aseveraciones que formulara, en tanto no han podido ser reproducidas ante el tribunal, siendo imposible asimismo confrontarlas con los dichos de la propia concubina de la víctima, quien, reitero, en ningún momento mencionara que le sacara drogas por la fuerza a Cabrera", señaló el magistrado.


 "Los testimonios, conjuntamente con los informes periciales de mención, únicos de posible consideración legal --continuó--, resultan carentes de entidad alguna como para formar mi convicción en el sentido indicado por la fiscalía. Nada en la causa permite vincular inequívocamente a Claudio Cabrera con el hecho que se le enrostra".


 En base a esos fundamentos, el tribunal entendió que durante el debate no se logró demostrar la autoría responsable del encausado, por lo que se decidió absolverlo libremente de culpa y cargo.


grisado


Citan a un testigo. El fiscal Oscar Bautista Duizeide, de la UFIJ Nº 4, citó a Nicolás Martín Carrasco Pino, DNI 32.271.149, para que se presente el 29 de esta mes, en horas de la mañana, ante el Juzgado en lo Correccional Nº 1, en Estomba 34, tercer piso. Es a los efectos de declarar en el juicio oral y público dispuesto en la causa número 7325/09, caratulada "Cardinalli Antonio Agustín s/estafa".