Desestiman una denuncia contra Laiuppa
"Ello no significa que la conducta desplegada no resulte reprochable: no lo es para el catálogo circunscripto de conductas penalmente relevantes, pudiendo constituir, en su caso, una infracción a las normas orientadoras de la ética profesional".
La frase resume los motivos por los cuales el titular de la Unidad Funcional de Instrucción Nº 2, Guillermo Petersen, decidió ayer que la actitud de la doctora Delia Laiuppa en el caso conocido como de las "interferencia judiciales" no constituye un delito, hecho por el que decidió desestimar la denuncia radicada de oficio por el fiscal general Juan Pablo Fernández.
La resolución, con fecha de ayer, pone fin al camino penal de un escándalo que se desató cuando el Colegio de Abogados de Bahía Blanca dio a conocer la situación planteada entre la abogada y el doctor Rubén Edgardo Moiola, secretario del Juzgado Civil y Comercial Nº 6 y aspirante a ocupar el cargo vacante de juez en el Nº 5.
La situación que trascendió en aquel momento y que, ahora, el fiscal Petersen consideró como presuntamente cierta, ocurrió en noviembre del año pasado, cuando la doctora Laiuppa se presentó, en dos oportunidades, en el despacho del funcionario judicial.
Allí, según consta en la causa que se cerró en la víspera, se habría dado el siguiente diálogo.
Declara Moiola: "Ya a solas, me manifiesta (la doctora Laiuppa) que el motivo de la entrevista no era por un expediente, sino por la vacante del Juzgado Civil Cinco... Comienza manifestándome que ellos saben la manera en que trabajo, también saben que me quedo después de hora a trabajar y que les había caído bien que yo diera el paso al costado cuando --en oportunidad de hallarse vacante el puesto de juez del Juzgado Civil y Comercio Nº 1--, resignara mi postulación por una cuestión de respeto hacia la secretaria de dicho organismo, quien también aspiraba al puesto...
"...la doctora me refirió que, concretamente, el motivo de su visita era ofrecerme el apoyo para que yo pudiera ser juez del Juzgado vacante. Ante tal propuesta, le dije que yo no podía ni le iba a ir a pedir nada a nadie por una cuestión ética, preguntándole, en varias oportunidades, si ella me entendía, a lo que respondió que no, refiriéndome "que no es que vos me venís a pedir el puesto, sino es que nosotros te lo venimos a ofrecer...".
"...una vez más, le dije que no me interesaba el apoyo, aunque sí, por supuesto, me interesaba acceder al cargo de juez, pero no de esta manera; le manifesté, asimismo, que si había alguien que me quería apoyar para acceder al cargo, que vaya y que lo haga, pero que yo no le había pedido ni le iba a pedir nada a nadie...".
Segunda reunión. En su declaración ante la Fiscalía, Moiola relata la otra reunión que mantuvo con la letrada.
"...la doctora Laiuppa comenzó la charla diciendo que ella se había ido muy mal luego de la primera charla, porque le pareció que me había incomodado, ante lo cual volvió a la carga con el ofrecimiento que antes me había hecho...".
"...me increpó diciendo que por qué no aceptaba si no me iban a pedir nada a cambio, agregando que, a lo sumo, se me sugeriría que sacara algún expediente más rápido que el resto y que lo único que teníamos que hacer era una reunión entre ella y yo, con el doctor Larraburu, en el estudio de Fernández Lorenzo...".
"Ante ello, le respondí que me parecía que no correspondía, que yo ya había aprobado el examen, había tenido las entrevistas de rigor en el Consejo de la Magistratura y con el Colegio de Abogados y tenía mis certificados de salud y antecedentes al día...".
"...la doctora Laiuppa se puso agresiva, diciéndome que, de esa manera, no llegaría nunca a ser juez, que no vaya a rendir nunca más porque no tenía sentido, ya que nunca sería nombrado. Me dijo que si yo no tenía el apoyo político nunca sería juez, que la aprobación del Consejo de la Magistratura y del Colegio de Abogados no servía para nada, citándome el ejemplo de los doctores Paronetto y Freda...".
¿Por qué creerle a Moiola? El fiscal Petersen analiza, luego, la verosimilitud de los dichos del funcionario supuestamente afectado, tras lo cual lo considera como factible en virtud de dos testigos: María Alejandra Hernández y María Delia Montero, entre otros, "quienes dieron cuenta no sólo del tenor de los encuentros que les refiriera inmediatamente después de producidos el doctor Moiola, sino de las referencias que estas efectuaron acerca de su estado de ánimo...".
Hernández, por ejemplo, declaró: "... luego de retirarse Laiuppa, salió el doctor Moiola de su despacho con cara de preocupación y angustia y enseguida nos contó el contenido de la charla que había mantenido con la doctora Laiuppa. Desde esa visita, Rubén está totalmente deprimido y desencantado absolutamente de la forma en que se designarían los funcionarios judiciales en Bahía Blanca, repitiendo que quiere retornar al ejercicio de la profesión en forma independiente...".
No hay delito. En este marco, el fiscal Petersen consideró que las palabras de Laiuppa fueron fruto de una especie de "frustración o desazón" por haber resultado infructuosos sus esfuerzos por captar la atención de Moiola hacia el apoyo que le estaba ofreciendo.
"... y como una manifestación de una personalidad que se podría caracterizar como avasallante y con tendencia al desborde verbal", más que como "consecuencia de una madura y serena reflexión de alguien dispuesto a amedrentar o llevar a cabo el mal anunciado".
Desde este punto de vista, Petersen citó en su resolución al Tribunal de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires: "hay delito cuando la amenaza deja de ser una baladronada y muestra el verdadero carácter de intimidación... cuando no en el calor de la ira y a raíz de la disputa, sino más tarde... una persona amenaza a otra".
Otro de los argumentos para la desestimación de la denuncia tiene que ver con que Laiuppa no llevó adelante una amenaza "de causarle un mal", sino de "privarlo de un bien".
Incapaz de hacer lo que dijo. Más adelante el fiscal aborda la cuestión desde el punto de vista de si la supuesta amenaza de Laiuppa podía hacerse efectiva.
Concluye, en términos generales, que el sistema de elección de jueces no depende de la voluntad de la letrada en cuestión y tampoco parece que pudiera tener "llegada a las esferas del poder en la que se deciden estos asuntos".
"Al respecto, no existe en autos elemento de convicción alguno acerca de la que la doctora Laiuppa u otras personas hayan, efectivamente y de alguna forma, influido en las designaciones afectadas en este Departamento Judicial: ni en la de magistrados de Cámara ni en la de los juzgados civiles".
En este punto, el fiscal toma las declaraciones del ex diputado Dámaso Larraburu, quien dijo, entre otras cosas: "nadie puede asegurar, hasta la fecha, a quién el ministro Di Rocco (ahora ex ministro) ni el gobernador Solá van a designar".