Bahía Blanca | Domingo, 05 de mayo

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Santa Rosa: condenaron a una concesionaria de una ruta por un accidente vial

pagarle una compensación económica al dueño de una camioneta cuya concubina sufrió un accidente en la ruta 5
Foto: eldiariodelapampa.com.ar

   La jueza civil 4 de Santa Rosa, Fabiana Berardi, condenó a una concesionaria vial a pagarle una compensación económica al dueño de una camioneta cuya concubina sufrió un accidente en la ruta 5, por "la inexistencia de señalización que advirtiera, de manera anticipada, un riesgo concreto y previsible".

   La funcionaria judicial se basó en la Ley Nacional 24.240 de Defensa del Consumidor al determinar la responsabilidad de la empresa Autovía del OESTE SA en la denuncia que hizo el propietario de la camioneta Ford Ranger por daños y perjuicios contra la empresa concesionaria.

   El siniestro se produjo cuando la mujer conducía el vehículo de Santa Rosa a Uriburu, a 48 kilómetros al este de la capital, cuando se topó con una hondonada "cubierta de agua, ocasionando un 'aquaplaning' y haciéndole perder el control del vehículo".

   Por ello, "la parte trasera de la camioneta se fue hacia la izquierda, dio un giro de 180 grados y luego se tumbó sobre su costado, se arrastró unos metros y comenzó a dar vueltas para finalizar dentro de un charco en la banquina", dijo el fallo.

   La veracidad del caso, la existencia de la ondulación y la falta de carteles preventivos quedaron constatadas a través de la policía, testigos y un perito.

   La conductora debió ser trasladada al hospital Lucio Molas porque padeció varios traumatismos.

   Berardi determinó que la empresa abone una determinada suma por "daños materiales", "pérdida del valor venal" y "privación del uso del automotor".

   La resolución fue confirmada por la Sala 1 de la Cámara de Apelaciones en lo Civil de Santa Rosa, conformada por las juezas Norma García de Olmos y Laura Torres.

   Al definir el encuadre jurídico de la demanda, Berardi sostuvo que "el vínculo existente entre los usuarios y los concesionarios viales debe reputarse como una relación de consumo tutelada por la ley 24.240, la cual instaura una obligación de seguridad extensiva a las cosas y servicios".

   En particular, hizo referencia al artículo 5° de la norma -referida a la protección al consumidor- que dice que "las cosas y servicios deben ser suministrados o prestados en forma tal que, utilizados en condiciones previsibles o normales de uso, no presenten peligro alguno para la salud o integridad física de los consumidores o usuarios".