Bahía Blanca | Lunes, 11 de agosto

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Condena por un caso que se detectó en Estados Unidos y finalizó en Punta Alta

Una ONG de ese país alertó a las autoridades argentinas sobre el envío a través de Facebook de material de abuso sexual infantil. La investigación vinculó a un hombre de la vecina ciudad que fue condenado a cuatro años y medio de cárcel.

Fotos: Archivo LN.

Los reportes que una ONG de Estados Unidos envió a la Justicia argentina señalaban que una persona había utilizado su cuenta de Facebook para enviar archivos con imágenes de abuso sexual infantil a otros usuarios.

Posteriormente se determinó que la maniobra fue desarrollada desde un domicilio de Punta Alta e incluso se hallaron diálogos entre el sospechoso y quienes recibieron los videos donde se exponían a menores de edad.

En las últimas horas, en el marco de un juicio abreviado, el juez del Tribunal en lo Criminal Nº 1, Christian Alberto Yesari, condenó a Pablo Gabriel Oliva Gamero a la pena de 4 años y 6 meses de prisión.

Para el magistrado quedó acreditado, a partir de la investigación, que entre el 5 y el 6 de enero de 2021, el imputado, utilizando el perfil de la red social “Pablo Gabriel”, envió a otras cuatro personal al menos 7 archivos donde se exhibía a chicas menores realizando diferentes prácticas sexuales.

En los informes también señalaron comunicaciones entre el procesado y los receptores de los materiales.

“Ahí consigo y te paso” y “¿tenés este?”, son algunas de las expresiones halladas previo al envío de las imágenes.

Análisis médico

A pedido del fiscal Rodolfo De Lucia las imágenes enviadas por el imputado fueron observadas por un especialista para intentar determinar las edades aproximadas de las jóvenes que aparecían en las filmaciones.

Para ello se requirió la opinión de un perito médico pediatra perteneciente al Cuerpo Técnico Auxiliar de la Delegación Departamental de Asesoría Pericial.

El facultativo indicó en su informe que para tal fin utilizó como parámetro científico la denominada “Escala de Tanner”, que es un es un sistema de clasificación que describe los cambios físicos externos que ocurren durante la pubertad en ambos sexos.

El médico determinó que en seis de los videos pudo determinar la presencia de menores de 17 años.

También estableció que algunos de ellos corresponderían a niñas de 12 años o menos.

Incluso, según se mencionó el fallo, en el audio de una de las filmaciones una menor manifiesta ante una pregunta que tiene 9 años.

Responsabilidad

A pedido de la Justicia, la empresa Facebook detalló que el usuario detectado registró dos teléfonos con prefijo de Punta Alta y un par de correos electrónicos, lo que coincidía con los datos aportados por la ONG en sus reportes.

En tanto, personal del Ministerio Público Fiscal bahiense efectuó “una búsqueda en fuentes abiertas usando como criterios la información que poseían, pudiendo dar con la identidad de Pablo Gabriel Oliva Gamero”.

Por otro lado, un informe del RENAPER señalaba coincidencias con la fecha de nacimiento y la imagen de perfil de la red social.
ANSES, por su parte, refirió que ante ese organismo Oliva Gamero registró una de las líneas de teléfono y uno de los correos electrónicos informados por Facebook.

Durante un allanamiento en la vivienda del imputado incautaron dispositivos electrónicos y teléfonos.

En ellos se detectó el mismo mail que era utilizado “para acceder a diferentes cuentas y páginas web y de redes sociales” y estaba vinculado al usuario de la red social que enviaba el material pornográfico.

También se hallaron registros de interacciones con los perfiles a los que les remitieron las imágenes.

En la parte resolutiva del fallo judicial, el juez Christian Yesari tuvo en cuenta como agravante la la multiplicidad de personas a las que el imputado distribuyó el material de abuso sexual infantil.

El magistrado señaló que “resulta acreditado que al menos distribuyó a cuatro sujetos una multiplicidad de material, lo que ahonda la lesión al bien jurídico tutelado en el caso, a saber, la indemnidad o integridad sexual de niños, niñas y adolescentes”.

Por otra parte, consideró a modo de atenuante, a favor del procesado, la carencia de antecedentes penales.

Yesari determinó finalmente que Oliva Gamero fue autor del delito de distribución y/o facilitación de representaciones de menores de 18 años dedicados a actividades sexuales explícitas y/o de sus partes genitales con fines predominantemente sexuales, agravada por ser las víctimas menores de 13 años.