El STMBB plantea modificaciones en el Convenio Colectivo de Trabajo
"Pretendemos emprolijar conceptos en algunos artículos para que todo sea más claro y evitar problemas posteriores debido a indebidas interpretaciones”, explicó Lorena Malvar, secretaria adjunta del sindicato de Trabajadores Municipales de nuestra ciudad.
Recibido en 1993, acumula 28 años de trayectoria en el periodismo local. Ex jefe de la sección Deportes y La Ciudad y actual secretario de Redacción de La Nueva. Ex profesor de los dos institutos de Periodismo de la ciudad. Especialista en temas deportivos, sociales y gremiales.
En el marco de su 90 aniversario de fundación, el sindicato de Trabajadores Municipales de Bahía Blanca (STMBB) se fijó como premisa clarificar aspectos del actual Convenio Colectivo de Trabajo, que es básicamente un acuerdo formal entre los empleados y el empleador que establece condiciones laborales, salarios, beneficios y derechos.
En nuestra ciudad, pionera en ese sentido a nivel provincial, el CCT es regulado por el Concejo Deliberante, mediante ordenanza.
“Nosotros, desde el sindicato, tenemos como misión primordial proteger y promover los derechos de los trabajadores municipales, asegurando condiciones laborales justas y equitativas. Y en ese sentido, pretendemos emprolijar conceptos en algunos artículos para que todo sea más claro y evitar problemas posteriores debido a indebidas interpretaciones”, explicó Lorena Malvar, secretaria adjunta del STMBB.
Básicamente, un Convenio Colectivo de Trabajo es un documento legal que regula las relaciones laborales entre los trabajadores y el empleador. Contiene disposiciones sobre salarios, jornadas laborales, vacaciones, condiciones de trabajo y otros aspectos fundamentales que afectan a los empleados. Este acuerdo busca garantizar un ambiente laboral justo y seguro para todos.
“Con estas modificaciones que se plantean, buscamos que queden bien claras las obligaciones y los derechos de todos los trabajadores municipales y que no queden vacíos legales que después generan problemas”, amplió.
Malvar integra, precisamente, una mesa de trabajo junto al secretario gremial del STMBB (Diego Díaz), representantes del área Legal del gremio y miembros del Poder Ejecutivo para analizar el actual Convenio Colectivo de Trabajo, cuya aprobación data de 2016.
“Toda modificación al Convenio debe pasar por el Concejo Deliberante para ser puesta en consideración y ser aprobada. Por eso es que se desarrolla esta mesa de trabajo para generar un consenso entre ambas partes y ser presentado en conjunto. Obviamente que contamos también con el asesoramiento y supervisión de Miguel Agüero, el secretario general del sindicato”.
Desde su primera aprobación como ordenanza, el CCT no ha sufrido modificaciones.
“En el medio tuvimos una pandemia, que cambió muchas cosas en lo laboral. Y también hay otras cuestiones laborales que no se contemplaban en aquel momento. Por ejemplo, hay servicios que ameritan ser esenciales. En el actual convenio tampoco figura el trabajo home office, cuando puede ser una opción en muchos casos, pero que debe ser regulado. O bien no se tienen en cuenta funciones que han cambiado o se agregaron por los avances tecnológicos de los últimos años”, graficó Malvar.
La Mesa de Trabajo, constituida tras la primera negociación paritaria del año, ya tuvo su primer encuentro y se tiene previsto el segundo en un corto plazo.
Precisamente, de acuerdo al CCT, las partes se comprometen a negociar de buena fe cumpliendo con los principios establecidos en la Ley provincial 14656, garantizando la concurrencia a las reuniones concertadas, designando negociadores con mandato suficiente, proveyendo la información necesaria en cada uno de los temas abordados y acompañando propuestas adecuadas y fundadas por escrito, con el fin de arribar a un acuerdo equitativo y justo.
“Así como nosotros sugerimos algunos cambios, también el Ejecutivo propondrá los suyos. Y se debe llegar a un consenso para ser presentado ante el Concejo Deliberante”.
Una de las mayores inconsistencias del actual CCT se da en el marco regulatorio del ingreso de personal a planta.
“Ese artículo habla de un año de temporalidad y de un año previsional, cuando la Ley provincial 14.656 es muy clara y habla sólo de un año de temporalidad. Son aspectos técnicos a corregir para no caer en grises que generan confusiones”.
“El espíritu de estas modificaciones es llevar a los trabajadores claridad sobre sus derechos y sus obligaciones”, cerró Malvar.