Bahía Blanca | Miércoles, 01 de mayo

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Nuevo fallo en la demanda de Bella Vista por el pase de Palacio a Tres Arroyos

A 15 años del primer reclamo, la Cámara Civil de Bahía ratificó una sentencia de primera instancia, dictada en mayo, que obliga al club Huracán a pagar un monto por ventas posteriores.

Con apenas 20 años, Rodrigo Palacio pasó a Huracán de Tres Arroyos, donde brilló para pegar el salto al "fútbol grande". Fotos: archivo La Nueva.
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Audionota: Guillermo Crisafulli (LU2)

   A los 40 años, a punto de su retiro y tras una exitosa carrera, el nombre del futbolista Rodrigo Palacio sigue siendo eje de una disputa judicial que se inició cuando daba sus primeros pasos deportivos, luego de ser transferido desde Bella Vista a Huracán de Tres Arroyos, donde jugó entre 2002 y 2003.

   El club formador reclama desde hace 15 años que "El Globo" le pague el dinero por el 10% de los derechos económicos de futuras ventas, teniendo en cuenta sus traspasos a Banfield y Boca Juniors.

   La novedad es que, luego de semejante periplo judicial, la Cámara en lo Civil y Comercial de Bahía Blanca ratificó en los últimos días un fallo que había dictado, en mayo, el juez de primera instancia Juan Carlos Tufari.

   ¿Qué dispuso? Que Huracán deberá abonarle al club albiverde poco más de 291.062,49 pesos, más intereses que llevarían esa cifra a superar el millón de pesos.

   Bella Vista exigía un monto más alto, pero la Justicia solo reconoció ese porcentaje pautado en el 51,25% del pase del jugador, ya que sobre el restante 48,75% -cedido en 2005 por Huracán a la firma Aylek S.A. y al particular Rubén Horacio Palladino- no se determinó si efectivamente la entidad tresarroyense había pactado percibir una cifra por los derechos económicos.

   En este punto (el del 48,75%), la Sala I de la Cámara, integrada por los doctores Jorge Federico Mercado y Leopoldo Peralta Mariscal, consideró que, si bien existía una dificultad probatoria, Bella Vista, representado por el abogado José Carlos Hornou, no produjo la prueba suficiente para darlo por acreditado.

Números, pero no de goles

   En noviembre de 2007, Bella Vista demandó a Huracán de Tres Arroyos por incumplimiento del contrato que habían alcanzado por el pase de "La Joya" Palacio, firmado el 25 de julio de 2002.

   La transferencia se hizo con opción de compra y que, ejecutada la misma -lo que concretó Huracán-, a la institución local se le reconocería el 10% del resultado económico de futuros pases.

   Luego de ese tiempo, según la acusación, "El Globo" comenzó a negociar con Banfield y Boca, ocultando la realidad de esas tratativas, pese a los pedidos elevados desde Bahía.

   Para los jueces, a partir de la prueba informativa que aportaron tanto "El Taladro" como "Xeneizes" -además de documentos, pericias y testimonios- quedaron probadas dos cesiones de derechos económicos de Huracán: la primera, del 2 de febrero de 2004 (35% a Banfield) por 745.000 pesos y la segunda, del 9 de agosto de 2007 (16,25% a Boca), por 687.500 dólares.

   Por ese motivo estableció que Bella Vista debió recibir 74.500 pesos y 216.562,49 pesos, respectivamente, totalizando los poco más de 291 mil pesos.

   En otro orden, la Justicia descartó que el pago de la deuda se realice en dólares -Bella Vista reclamaba más de 90 mil-, porque si bien los convenios de transferencias fueron expresados en la moneda estadounidense, "los pagos se efectuaron en moneda de curso legal".

Derechos económicos

Concepto. Los llamados derechos econónimos en el fútbol no son más que los beneficios que el club titular de los derechos federativos del jugador recibe al transferir éstos últimos a otra entidad, ya sea por venta o préstamo.

Pase. Este nuevo derecho se refiere al valor del pase acordado entre el club titular del derecho federativo y un tercero, ya sea persona individual o jurídica.

Eventual. El derecho económico es siempre eventual, dado que su cobro solo ocurre si los derechos federativos son efectivamente transferidos onerosamente a otro club de fútbol durante la vigencia del contrato de afiliación deportiva del jugador con el club vendedor.

Necesidad. Estas alternativas nacen de las necesidades económicas de quienes están involucrados en las negociaciones -clubes, jugadores y terceros inversionistas-, dando lugar a una modalidad contractual por la que es posible que los intereses particulares ingresen en la órbita del contrato profesional y en los registros de AFA.