Las operaciones con criptomonedas estarán gravadas con el impuesto al cheque
Así se estableció hoy en el decreto 796/21 publicado en el Boletín Oficial.
El popularmente conocido como impuesto al cheque gravará también desde hoy las operaciones con criptomonedas, según el decreto 796/21 publicado en el Boletín Oficial.
El artículo 7 de la norma, que lleva la firma del ministro de Economía, Martín Guzmán, señala que “las exenciones previstas en este decreto y en otras normas de similar naturaleza no resultarán aplicables en aquellos casos en que los movimientos de fondos estén vinculados a la compra, venta, permuta, intermediación y/o cualquier otra operación sobre criptoactivos, criptomonedas, monedas digitales, o instrumentos similares, en los términos que defina la normativa aplicable”.
En principio, la aplicación del impuesto no recaerá en forma directa sobre el comprador final de las criptomonedas, sino sobre las cuentas recaudadoras de las billeteras que realizan esa operación, analizó Infobae.
Es en ese caso en que no aplicarán las exenciones que caben al resto de las operaciones de los Proveedores de Servicios de Pago (PSP), la denominación técnica de las fintech, los que no tributarán el impuesto a excepción de que comercialicen criptomonedas.
El decreto establece una serie de exenciones a la aplicación del impuesto al cheque, en particular en vistas a la implementación del programa “Transferencias 3.0″ que establece la interoperabilidad de los pagos con código QR en un marco de interacción entre las cuentas bancarias y las cuentas virtuales, es decir, entre los bancos y las fintech. Desde el próximo 29 de noviembre, todas los códigos QR deberán aceptar pagos de todas las billeteras electrónicas, sin excepción, cobrando una comisión máxima del 0,8 % para el comerciante.
El programa busca aumentar exponencialmente los pagos electrónicos para formalizar la economía y reducir el uso de dinero en efectivo. En ese sentido, el Gobierno buscó reducir la carga impositiva de este nuevo esquema. (Infobae)