Bahía Blanca | Viernes, 26 de abril

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¿Cómo te van a devolver el aporte jubilatorio en septiembre y octubre?

Desde hoy se adecuarán los sistemas informáticos de la AFIP para que los empleadores puedan efectivizar el reintegro. 

      La AFIP puso en marcha hoy un sistema para que los trabajadores en relación de dependencia accedan a la devolución de hasta 2.000 pesos de sus aportes personales en los meses de septiembre y octubre. 

      Ese decreto estableció que a los trabajadores cuya  remuneración imponible sea inferior o igual a 60 mil pesos brutos durante los períodos devengados de agosto y septiembre de este año -vale aclarar, a cobrar en septiembre y octubre del corriente- el Estado les financiará una suma equivalente de hasta  2 mil pesos o el 100% de sus aportes personales (el que resulte  menor entre ambos importes). No está prevista su extensión más allá de estos meses. 

     Concretamente, los dependientes que cobren sin descuentos un sueldo igual o mayor a $ 18.181,81 y hasta $ 60 mil recibirán una mejora de 2.000 pesos en sus sueldos de bolsillo, en tanto. Para quienes perciban un salario bruto menor a $ 18.181,81, la mejora será del 11% de sus sueldos sin descuento.

   A modo de ejemplo, un trabajador mensualizado que cobra 37.194,80 pesos en bruto (básico, más antigüedad y puntualidad), aporta para su jubilación $ 4.091,43 pesos (el 11% de 37.194,80). Con la devolución de los 2.000 pesos, pasará a pagar $ 2.091,43 ($ 4.091,43-$ 2.000), de manera que su salario de bolsillo mejora en esa cantidad, ya que se le deja de retener esa cifra sobre su aporte jubilatorio habitual mensual. 

       Debajo del bruto de 18.181,81, la mejora en el importe neto será menor y equivalente al 11% del sueldo sin descuentos. De esta forma, para  un sueldo de 18.000 pesos, se dejarán de descontar $ 1.980.

Financiación

     El beneficio -según lo dispuesto oficialmente- será financiado  con aportes del Tesoro Nacional, no viéndose afectados los  recursos del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) ni  los derechos conferidos a los trabajadores.

   En la resolución general 4558, publicada hoy en el  Boletín Oficial, la AFIP indicó que adecuará las herramientas informáticas "para que los empleadores puedan presentar las declaraciones juradas de seguridad social con el beneficio que la  norma dispone para los mencionados meses". 

   Este reintegro forma parte de las medidas impositivas  anunciadas en las últimas semanas por el Gobierno para aliviar la  situación de los trabajadores y las pymes, junto con la suba en  el Mínimo No Imponible (MNI) del impuesto a las Ganancias, el nuevo  plan de pagos para deudas vencidas de hasta 120 cuotas y la  suspensión de los embargos para las pymes por 90 días, entre  otras, destacó el ente recaudador, en un comunicado.