Bahía Blanca | Martes, 19 de marzo

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Modificación del régimen de reintegro a la exportación: otra ventaja para las zonas francas

Es el momento de ver a las Zonas Francas como una oportunidad para mejorar la competitividad de la producción nacional con vistas a integrarse a los mercados mundiales. Nuestra región aprovecha desde hace tiempo sus beneficios.

Dra. Clarisa Bottini / Gerente del ente ZFBBCR

   Los Reintegros de Exportación (a veces mal llamados reembolsos) son un estímulo que el Fisco establece con el ánimo de incentivar las exportaciones. 

   Este reintegro es aduanero y tiene un proceso que se realiza actualmente desde la página de AFIP, ingresando con CUIT y Clave Fiscal.

   Recordemos que el Impuesto al Valor Agregado (“IVA”) está destinado a gravar el consumo. No obstante, es recaudado en cada paso de la cadena de producción y comercialización de bienes. Es decir, deberá ser abonado respecto del mayor valor agregado correspondiente a cada una de las distintas etapas de producción y comercialización de un bien antes de arribar a su consumidor final, destinatario final del gravamen.

   Ahora bien, en materia de exportaciones de bienes la ley del IVA exime de su pago a las exportaciones definitivas, considerando que el consumidor final de dichos bienes será un sujeto del exterior y no un residente local.

   Asimismo, los exportadores se encuentran facultados para solicitar el recupero del IVA retenido por sus proveedores respecto de los bienes, insumos y servicios incorporados al bien exportado, pudiendo de esta forma recuperar parte del costo de producción

   Estos reintegros hasta abril del 2017 llegaban al 8% como máximo, alícuota que era duramente criticada, ya que no alivianaba la presión tributaria que sufría la industria.

   A fines de abril de 2017, el Gobierno había decidido aumentar los reintegros a las exportaciones industriales, con una modificación de las alícuotas que se tradujo en un incremento para las empresas de entre 30 y 80%, sosteniendo que el objetivo no era exportar impuestos.

   La decisión apuntaba, justamente, a mejorar la competitividad del sector productivo. Desde el Gobierno afirmaban que la medida buscaba alivianar la carga tributaria que cae sobre el sector empresario, debido a los impuestos indirectos como Ingresos Brutos, tasas municipales con la tasa de Seguridad e Higiene e impuesto al Cheque. 

   Según datos del ministerio de la Producción, el peso de estos tributos sobre el precio de exportación puede llegar al 15%.

   En consecuencia, Argentina exporta “involuntariamente” el diferencial de impuestos indirectos, ya que el exportador -al no recuperarlo totalmente vía los respectivos reintegros- lo transforma en un costo adicional, lo que agrava su pérdida de competitividad internacional, o aún peor, esporádicamente no lo computan como beneficio para reducir su precio de exportación, porque su gestión de cobro no resulta sencilla, o por carecer de personal idóneo.

   La solicitud de reintegro de IVA por las exportaciones realizadas resulta una herramienta de gran importancia para las Pymes que exporten parte o la totalidad de su producción al exterior, en tanto les permite competir en mercados extranjeros en condiciones más ventajosas al poder recuperar parte del costo de producción.

   A fin de gozar de este beneficio, resulta de suma relevancia que el exportador tenga en cuenta y cumpla con los requisitos que establece la AFIP, todo lo cual impactará directamente en la rentabilidad del negocio.

   En los últimos días se confirmó el transcendido que venía circulando en los últimos días, ya que el Gobierno anunció la reducción del 66% el monto total pagado en concepto de reintegros a la exportación de productos con valor agregado, de acuerdo a un esquema diferenciado por producto. 

   Si bien para el Ministerio de Hacienda, los reintegros a la exportación se justifican si se aplican impuestos indirectos que se acumulan durante el proceso de producción y que no tienen una devolución al exportarse, se estima una afectación directa a las economías regionales. 

   Es el momento de ver a las Zonas Francas como una oportunidad para mejorar la competitividad de la producción nacional con vistas a integrarse a los mercados mundiales. 
Nuestra región aprovecha desde hace tiempo los beneficios en materia de importaciones que se almacenen en zona franca y que difiere el pago de los derechos de importación e IVA.

   En materia de exportaciones debemos dividir en dos pasos el proceso de exportación. La primera es la exportación de la materia prima del proveedor instalado en el territorio aduanero general al industrial instalado en la Zona Franca que está exento de imposiciones sobre las mercaderías que ingresen al territorio franco.

   Ahora la exportación del producto elaborado en la zona franca a un tercer país por el artículo 25 de la Ley 24.331 y la instrucción AFIP 19/02, están expresamente establecida la exención de retención a exportaciones de “Mercaderías que se exporten en forma definitiva o suspensiva desde el Territorio Aduanero General a una Zona Franca Argentina y “Mercaderías que hayan sufrido un procesamiento o transformación en una Zona Franca habilitada en los términos de la Ley 24.331”.

   Pero también en relación al IVA las zonas francas ofrecen ventajas, ya que las materias primas, equipos, materiales e instalaciones ingresan a la Zona Franca desde el TAG o desde el exterior sin IVA y sin derechos de importación.

   Es por eso que las Zonas Francas son una herramienta de competitividad para producir con destino a terceros países, ya que las exportaciones en general se encuentran exentas del IVA y al no comprar los insumos con IVA, al momento de exportar no se deberá tramitar el reintegro del IVA exportador.