Derechos de los jubilados
De acuerdo con las normas vigentes, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dictó la resolución general Nº 3.063/11, aplicando un aumento del 17,33% a los haberes de los jubilados y pensionados. En consecuencia, a partir del 1 de marzo último, la jubilación mínima pasó a $ 1.227,78, la máxima a $ 8.994,95 y los aportes previsionales a $ 427,06 y $ 13.879,25, respectivamente.
Esa resolución fue una demostración más de la falta de voluntad política de honrar cabalmente los haberes de los jubilados y pensionados. Observemos que no consideró la aplicación del 82% móvil ni la exhortación de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) de actualizarlos según la sentencia del caso Badaro. Además, mantuvo vigentes los topes máximos a los aportes previsionales y a los haberes jubilatorios.
Consideremos que la CSJN ya había declarado inconstitucionales los distintos topes establecidos en las leyes 18.037, 24.241 y 24.463. No obstante, la AFIP los mantuvo en su resolución y la Anses los aplicó y continúa aplicándolos inexorablemente en la liquidación de los haberes.
No se alcanza a comprender la persistente actitud del Estado en negar a dignos ciudadanos derechos legítimamente adquiridos y garantizados por la Constitución nacional. Nos referimos a los empleados, profesionales, periodistas, obreros, funcionarios, comerciantes, etc. quienes, durante 30, 40 o 50 años, cumplieron debidamente con sus aportes previsionales para el logro de una jubilación que les hubiera permitido mantener el nivel de vida logrado en actividad. Ya jubilados, vieron frustradas sus esperanzas y están padeciendo una situación económica apremiante, agravada por una inflación que no se sabe controlar.
Desde el Foro Previsional del Sur Argentino, hemos apelado insistentemente ante todos los poderes del Estado en busca de justicia, sin resultado positivo. En consecuencia, el 12 de diciembre de 2006 solicitamos la intervención del defensor del pueblo de la Nación, quien registró nuestra solicitud como actuación Nº 7.693/06, caratulada "Foro Previsional del Sur Argentino sobre solicitud de intervención vinculada a la actualización de los haberes jubilatorios".
El 4 de abril de 2008, nos remitió copia de la demanda judicial que, en ese sentido, y asumiendo la representación del colectivo de los jubilados y pensionados, promovió contra el Estado nacional en el juzgado federal Nº 9 (Exp. judicial Nº 6.644/08).
El 22 de septiembre del mismo año, nos informó que el juicio tuvo un fallo favorable y por él se reconoce el derecho de cada jubilado o pensionado al reajuste de su haber por movilidad de acuerdo con el caso Badaro. Con ello se evita que deba iniciar una acción judicial para obtener el reconocimiento de su derecho. Lamentablemente, fue apelado por el Poder Ejecutivo y, desde el 3 de marzo de 2008, está a resolución de la CSJN.
El 1 de octubre de 2008, el Poder Ejecutivo sancionó la ley Nº 26.417, que no honra los haberes jubilatorios de acuerdo con derecho, ya que no cumple con el 82% móvil para todos ni establece un verdadero coeficiente de actualización y garantía de la movilidad.
El 24 de septiembre de 2010, elevamos a consideración de la presidenta de la Nación un proyecto que, de llevarse a cabo, hubiera significado la normalización de la Anses, cumpliendo así con la función para la cual fue creada: honrar cabalmente los haberes de los jubilados y pensionados. Tampoco fuimos escuchados, no porque nuestro proyecto fuera inviable, sino porque, para ello, se requería del Estado la hidalguía y honradez de reconocer sus viejos errores y el coraje y talento necesarios para tomar las medidas pertinentes a fin de repararlos (1).
El 13 de octubre de 2010, el Congreso de la Nación sancionó el proyecto de ley Nº 26649, por el cual se cumplía con la exhortación de la CSJN en el caso Badaro, recomponiendo los haberes jubilatorios de acuerdo a derecho y estableciendo un verdadero coeficiente de actualización y garantía de la movilidad. Pero la presidenta de la Nación lo vetó totalmente, aduciendo la insolvencia de la Anses para su cumplimiento. Es cierto, pero debe quedar constancia que ello es debido a la irresponsabilidad del propio Estado que, a través de los gobiernos de turno, confiscó y sigue confiscando los fondos de la Anses para financiar las arcas públicas y la obligó a pagar indebidas jubilaciones y pensiones, sumiéndola en su actual situación de insolvencia.
Se debe tener presente, además, que:
A) En oportunidad del caso Badaro, el entonces presidente de la Nación, Néstor Kirchner, prometió: "Vamos a honrar el excelente fallo de la Corte"; promesa que no se cumplió.
B) El Poder Ejecutivo continúa confiscando fondos de la Anses, patrimonio de los jubilados y pensionados, y les niega la correcta liquidación de sus haberes.
C) La Anses sigue apelando los fallos de la justicia a favor de los jubilados, no obstante su compromiso con la sociedad y ante la OEA de respetarlos. Más aun: en casos de sentencias definitivas, demora su cumplimiento intencionadamente.
D) En los tribunales judiciales, hay casi medio millón de demandas por haberes jubilatorios mal liquidados.
Ante la suma gravedad de esta situación, y dado que se trata de una flagrante violación a los derechos humanos, es imperioso que el Poder Judicial despierte de su letargo y, asumiendo la responsabilidad que le compete, haga uso de sus facultades constitucionales, restituyendo la dignidad al sistema previsional, para que les sea respetado, a todos los jubilados y pensionados, su derecho a la seguridad social.
(1) El 5 de marzo último, "La Nueva Provincia" publicó, en esta misma sección, el artículo "En pro del sistema previsional", en el que se exponía el proyecto.
Oscar Julio Alvarez es presidente del Foro Previsional del Sur Argentino ([email protected]), que tiene sede en Caronti 72, de nuestra ciudad.