Bahía Blanca | Domingo, 10 de agosto

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Absolvieron a una médica acusada de homicidio culposo

Por considerar que la intervención de ambos imputados en el caso no configuró el delito de homicidio culposo, la justicia de nuestra ciudad absolvió libremente de culpa y cargo a una médica psiquiatra y a un enfermero. El fallo, dictado por la doctora María Laura Pinto, titular del Juzgado en lo Correccional Nº 4, favoreció a la médica Gloria Edith Ulloque y al asistente sanitario Diego Rodrigo Ortiz.

 Por considerar que la intervención de ambos imputados en el caso no configuró el delito de homicidio culposo, la justicia de nuestra ciudad absolvió libremente de culpa y cargo a una médica psiquiatra y a un enfermero.


 El fallo, dictado por la doctora María Laura Pinto, titular del Juzgado en lo Correccional Nº 4, favoreció a la médica Gloria Edith Ulloque y al asistente sanitario Diego Rodrigo Ortiz.


 De esta manera, la magistrada aceptó el planteo del defensor particular, Rubén José Diskin y desestimó el pedido del fiscal Eduardo Quirós, de imponerles a ambos la pena de un año de prisión en suspenso y cinco de inhabilitación para ejercer la medicina.


 No obstante, el titular de la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio Nº 1, adelantó que va a recurrir el fallo.


 La doctora Pinto entendió que la prueba reunida no llegó a desvirtuar la correcta intervención de los acusados en la atención del paciente Luis Armando Alvez, quien llegó a la Clínica del Sol, de Chiclana 464 --donde aún siguen trabajando ambos procesados-- el 11 de mayo de 2004, desde Carmen de Patagones, con un cuadro de excitación moderada con verborragia, trayendo el diagnóstico de delirio persecutorio e ingesta de alcohol durante las últimas 72 horas, de las cuales había pasado 48 en vigilia.


 En el establecimiento fue medicado y enseguida concilió el sueño pero, a los 10 minutos, un enfermero fue a controlarlo y notó que padecía una dificultad respiratoria.


 Ese inconveniente rápidamente se transformó en un paro cardiorrespiratorio. Personal de la clínica y de Alerta le efectuó maniobras de resucitación, aunque murió por broncoaspiración, al ingerir su propio vómito.

Versiones




 Un testigo de identidad reservada, que trabajaba en aquel momento en la clínica, relató en primera instancia que, al día siguiente de ocurrida la muerte, la jefa de personal lo llamó para que corrigiera la planilla elaborada por el enfermero que había estado de turno al momento del deceso.


 En particular le pidió que modificara la anotación de la medicación que había sido dada a Alvez y, por los datos a cambiar, dedujo que se había suministrado una dosis doble respecto de lo indicado.


 El testigo afirmó también que la medicación que se encontraba en la caja con la cual se asistían las emergencias estaba vencida.


 Al declarar, Ulloque dijo que se suministró a Alvez la medicación en forma cautelosa y en menor grado que lo hace habitualmente en pacientes con ese estado de excitación psicomotriz y que en ningún momento dejó de tener en cuenta la observación de este paciente.


 Durante el debate hubo testigos que habrían cambiado la versión brindada durante la instrucción de la causa, con lo cual la jueza no habría tenido elementos para llegar a la sanción penal.


 En consecuencia, la jueza resolvió absolver tanto a la psiquiatra como al enfermero Ortiz.

Piden cinco años de cárcel




 El fiscal general Juan Pablo Fernández solicitó cinco años de prisión para un joven acusado de matar a Diego Serra (16), el 25 de mayo de 2007, en el barrio San Martín.


 El acusado, para quien su abogado defensor, Víctor Benamo, reclamó la absolución (entendió que hubo una legítima defensa), cuenta actualmente con 20 años de edad, aunque al momento del hecho también era menor y por ese motivo no puede ser legalmente identificado, siendo juzgado con una legislación especial.


 La doctora Viviana Lozano, representante de los particulares damnificados, reclamó que al joven se le imponga la pena de 25 años de cárcel, la máxima que prevé el Código Penal para ese delito.


 El fallo se dará a conocer el próximo lunes y estará a cargo de la Sala II de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal.


 Para familiares de Serra, no se trató de un caso de legítima defensa y pidieron que el acusado sea sancionado con dureza.


 Valeria (23), hermana de la víctima, afirmó que hay pruebas concretas en cuanto a que el imputado "no fue interceptado brutalmente" ni se trató de una riña.

Seguridad reforzada. El Tribunal en lo Criminal Nº 3 decidió reforzar la seguridad para el momento de la lectura al fallo en la causa por el doble crimen, a difundirse el próximo jueves a las 9. La medida se habría adoptado a partir de los incidentes producidos el pasado miércoles, al conocerse el veredicto absolutorio en favor de Juan Domingo Silva, acusado del homicidio cometido en el barrio Stella Maris, en perjuicio de Daniel Marlia, hecho sobre el que se informara en la anterior edición.