Elevan a juicio la causa por un doble homicidio culposo
La justicia de Garantías aceptó la requisitoria de la fiscalía Nº 1 de elevar a juicio la causa contra Eduardo Esteban Cuilci, de 40 años, quien está acusado de doble homicidio culposo, en los términos del artículo 84 del Código Penal.
La causa fue girada a la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal para que designe, mediante sorteo, un tribunal en lo Criminal a fin de resolver el caso en juicio.
Cuilci, licenciado en administración de empresas, con domicilio en Rivadavia 165, de Viedma, fue acusado por el accidente que se registró poco antes de las 22 del 3 de enero de 2000, en el kilómetro 897,500 de la ruta 3, a unos 20 kilómetros al sur de Stroeder.
Ocurrió cuando se desplazaba en dirección a Carmen de Patagones, al mando de un Jeep que remolcaba una camioneta Dodge, que no poseía ningún tipo de iluminación, en virtud de carecer de batería, y se transformó en un obstáculo insalvable para un Volkswagen Gol verde que circulaba detrás, ocupado por las dos víctimas fatales: Nelson Trencone Acosta y Lidia Susana Resser.
El coche chocó con el lateral de la camioneta y se desplazó sin control al carril contrario, donde se estrelló frontalmente con un camión cargado con leña, produciéndose el incendio del transporte y del Gol.
Entre la prueba que valoraron los fiscales Christian Long y Eduardo Quirós, figuran distintos testimonios y pericias.
Entre las declaraciones más importantes se cuenta la de Juan Jacobo Norval, dueño del camión accidentado, quien se movilizaba en otro vehículo delante de éste y pudo advertir que el Jeep tenía luces "escasas" en su parte delantera y que la camioneta Dodge "no tenía ninguna luz", según pudo observar por el espejo retrovisor.
"Vanas excusas". Algunos de los declarantes reconocieron que el Gol circulaba a elevada velocidad y ese fue uno de los argumentos de Cuilci cuando llegó la policía al lugar, aunque para los instructores sus dichos forman parte de "una serie de vanas excusas, con el objeto de colocarse en mejor situación procesal".
También ofrecieron sus testimonios Alcides Julián y José Luis Roche, quienes le vendieron el vehículo Dodge al imputado y coincidieron en afirmar que el rodado carecía de batería.
El informe autopsial, también incorporado en el plexo probatorio, determinó que Trencone Acosta falleció por el shock traumático, mientras que su acompañante pereció calcinada.
Los peritos accidentológicos, por su lado, determinaron que la velocidad del coche al momento del impacto era de 83 kilómetros por hora, concluyendo que "el conductor evidentemente percibió la existencia del Jeep en su frente de avance, de lo contrario el impacto no hubiese sido lateral".
De todas formas, la diferencia de velocidad entre uno y otro vehículos y la falta de luces en el rodado que tiraba el Jeep, habrían sido determinantes para el luctuoso resultado.