Bahía Blanca | Domingo, 10 de agosto

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Ordenó la justicia retirar de la ciudad un transformador con PCB

La justicia puso en las últimas horas un corte a la polémica instalada por la existencia de un transformador de electricidad con PCB --refrigerante considerado cancerígeno--, en un céntrico edificio tribunalicio, al ordenar a EDES que lo retire de la ciudad en el término de diez días, aunque la medida fue recurrida por la empresa.
Ordenó la justicia retirar de la ciudad un transformador con PCB. Deportes. La Nueva. Bahía Blanca


 La justicia puso en las últimas horas un corte a la polémica instalada por la existencia de un transformador de electricidad con PCB --refrigerante considerado cancerígeno--, en un céntrico edificio tribunalicio, al ordenar a EDES que lo retire de la ciudad en el término de diez días, aunque la medida fue recurrida por la empresa.


 De esta manera, la Sala II de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal, confirmó la resolución de primera instancia del juez en lo Correccional Nº 1, doctor José Luis Ares, aceptando así un planteo formulado por la delegación local de la Asociación Judicial Bonaerense.


 Los camaristas Hugo Cavallaro, Jorge Alcolea y Guillermo Giambelluca, resolvieron, además, que los otros dos aparatos ubicados en el subsuelo del inmueble de la avenida Colón 46, con bajo índice de concentración de bifenilo policlorado, sean controlados periódicamente hasta que se proceda a su erradicación definitiva, y que se coloquen carteles anunciando la presencia del aceite tóxico y un equipo de ventilación adecuado, en este caso antes de 90 días.


 El traslado del transformador contaminado "deberá realizarse observando estrictamente las medidas de seguridad que prevé la normativa vigente".


 El controvertido caso, que provocó quejas de empleados judiciales que trabajan en ese edificio, donde anteriormente funcionaban oficinas de la empresa prestataria del servicio de energía, llegó al alto tribunal por apelación del doctor Aníbal Fabián Pezzutti, en representación de EDES.


 El magistrado de primera instancia entendió que la actuación de EDES Y OCEBA (Organismo de Control Energético de la provincia de Buenos Aires), "fue manifiestamente arbitraria, afectándose en forma inminente, por el riesgo de producción de accidentes, derechos constitucionales a la vida, a la salud y al ambiente sano".


 Explicó Ares que la firma se mostró "reticente a brindar información, minimizando o relativizando la cuestión", teniendo en cuenta que la cámara subterránea está ubicada en una zona céntrica y "densamente poblada".


 El juez enumeró normas resguardadas implícitamente por el artículo 33 de la Constitución Nacional y de la reforma de 1994, respecto de los derechos ambientales, así como tratados internacionales (Convenio de Estocolmo) y, principalmente, la ley 25.670, en cuyo artículo 5, se "prohíbe en todo el territorio de la Nación la instalación de equipos de PCB's".


 "Debe tenerse en cuenta que los materiales contaminados con PCB's líquidos, a pesar de poseer una baja tensión de vapor a temperatura ambiente, incrementan su evaporación con la elevación de la temperatura y el movimiento del aire; los vapores son considerablemente más pesados que el aire, por lo que tendrán tendencia a descender, pudiendo resultar ineficaces algunos sistemas de ventilación", argumentó.


 Por otro lado, relató que el 6 de junio participó de una inspección, advirtiendo en el lugar suciedad, como aceite en el piso de cemento, debajo de los transformadores, y que la ventilación en un caso había sido suprimida, tapiándose el orificio, al igual que una puerta, donde se colocaron ladrillos revocados.


 "También me importa exponer los escasos elementos de seguridad que se proveen al personal; en efecto, para bajar a la cámara se me proveyó el mismo equipamiento que tenían los funcionarios de la empresa: casco, botas con suela de goma tipo borceguíes y guantes. Es decir, no se utiliza máscara ni traje aislante", detalló.

En segunda instancia. Los camaristas por su parte, aclararon que, según un informe de la dirección de Arquitectura, Obras y Servicios de la Suprema Corte de Justicia bonaerense, surgido de las actuaciones administrativas, se advirtieron algunas deficiencias puntuales en el lugar y la existencia de eventuales riesgos para el personal.




 Recomendó dicho organismo la realización "indefectible" de obras tendientes a sellar la abertura de la cámara subterránea donde se encuentran los transformadores, con el objeto de eliminar el peligro.


 "También sugirió el reemplazo de aquella abertura por otra ventilación a los cuatro vientos y sellar la puerta en forma definitiva, sin dejar de considerar como adecuado el retiro de los aparatos, señalando al respecto la resolución Nº 1118 de la secretaría de Política Ambiental" bonaerense, se indicó.


 Los jueces entendieron que las normas citadas "guardan perfecta armonía y subordinación con las disposiciones contenidas en el artículo 41 de la Constitución Nacional y 28 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires, referidos ambos al derecho ambiental que consagra el derecho a vivir en un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras".


 En el caso puntual, los integrantes de la Sala II reconocieron que se concretaron trabajos para mejorar la seguridad en la cámara.


 "Sin embargo, no obstante la advertencia anotada y más allá del valor técnico y científico que puedan merecer los estudios e informes realizados por EDES S.A. y OCEBA, lo cierto es que se ha probado de manera fehaciente y sin lugar a dudas, que en la (citada) cámara... se hallan funcionando tres transformadores con una concentración de PCB's en su aceite refrigerante de 2 PPM, otro con 3 PPM y el restante con 94 PPM", explicaron los jueces.

Parámetros superados. Luego señalaron que "según las pautas establecidas... el tercer transformador se encuentra sin duda alguna contaminado con PCB's, toda vez que así es considerado cuando el aceite aislante del transformador contiene entre 50 PPM y 500 PPM".




 Anotaron como agravantes que en el edificio afectado cumple tareas diarias un importante número de personas --allí funcionan los dos juzgados de Transición y los dos de Garantías, y en breve serán trasladadas otras dependencias-- y que está enclavado en pleno centro y en una zona densamente poblada. Además, debe sumarse la circunstancia de ser la planta de mayor potencia de la ciudad.


 Con estos fundamentos, los magistrados consideraron que "no es posible ni aceptable" mantener el transformador en ese sitio y confirmaron la decisión de Ares.


 Sólo se revocó, por mayoría de opiniones --Alcolea y Giambelluca votaron a favor y Cavallaro en contra--, la imposición de las costas legales, que tendrán que correr por cuenta entera de EDES Y OCEBA.

Aceite tóxico. Los transformadores con que cuenta la empresa EDES en nuestra ciudad son 700, según la documentación que le aportó a la justicia, aunque sólo una mínima parte de ellos utilizaría PCB. El bifenilo policlorado es un aceite tóxico que, expuesto al fuego, se transforma en el peligroso "agente naranja", siendo considerado una sustancia cancerígena, prohibida por organismos extranjeros. El químico se emplea como líquido de enfriamiento y aislante en transformadores y condensadores eléctricos.

Recurso extraordinario de la empresa






 EDES informó anoche que decidió interponer un recurso extraordinario contra la resolución adoptada por la Cámara Penal bahiense, "remedio que, poseyendo efectos suspensivos, procedería a posponer la ejecución de la medida dispuesta".


 "Frente a tales circunstancias, la empresa desea manifestar que tal remedio recursivo resulta ser de aplicación, en la medida en que la sentencia desconoce y se aparta de la normativa nacional vigente en la materia (ley 25670, de presupuestos mínimos de protección ambiental para la gestión y eliminación de PCB's), de aplicación en todo el territorio de esta Nación, cuyas disposiciones fijan el año 2010 como fecha límite para la descontaminación de todos aquellos equipos que presenten PCB's en su contenido", señaló.


 Y agregó: "Sin perjuicio de todo lo anteriormente expuesto, resulta por demás destacar que los transformadores cuyo retiro es reclamado por la Asociación Judicial Bonaerense de Bahía Blanca, se encuentran en perfecto estado de conservación y mantenimiento".


 En tal sentido, dijo que tal circunstancia "obra debidamente acreditada" en el expediente que tramita ante el Juzgado en lo Correccional Nº 1, del doctor José Luis Ares.


 "Asimismo, se destaca que, tanto estos equipos, así como todos aquellos otros propiedad de EDES S.A., resultan ser controlados efectivamente por la distribuidora en forma mensual, y elevados los resultados obtenidos al órgano regulador, conforme a lo dispuesto por la normativa impuesta por OCEBA", concluyó.