Bahía Blanca | Martes, 07 de mayo

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No podrá conducir vehículos por unos cinco años

A Roberto Paredes se lo responsabilizó de un accidente que provocó la muerte de su mujer en 2012.
Impactante imagen del accidente que le costó la vida a Blanca Beatriz Canullan.

El juez Correccional Nº 1, doctor José Luis Ares, sancionó a Roberto Marcial Paredes (51) con la inhabilitación especial para conducir por el plazo de cino años, luego de hallarlo responsable de conducir imprudentemente una moto en la que transitaba junto a su mujer –-quien perdió la vida-- y colisionar contra un camión en Colón y Ángel Brunel.

El juez dio como acreditado que pasadas las 8 del 15 de marzo de 2012 el sospechoso conducía una moto Gilera 150cc., dominio 595 EGF, por la avenida Colón en sentido descendente de la numeración, y al llegar a la intersección con Ángel Brunel, intentó adelantarse por la derecha a un camión Scania, patente JQC 578, con semirremolque.

El rodado mayor circulaba en igual dirección y su chofer se hallaba en plena maniobra de giro a fin de continuar su tránsito por Ángel Brunel, anunciando dicha maniobra con la luz de giro.

En ese momento la motocicleta impactó contra la unidad de carga y como consecuencia de la colisión Blanca Beatriz Canullan, quien viajaba como acompañante, cayó debajo del camión siendo arrollada por las ruedas y falleció a causa de los graves politraumatismos que le provocaron una hemorragia interna masiva por estallido de órganos vitales y shock hipovolémico.

El juez consideró plenamente acreditada la autoría del acusado en el hecho, que no motivó discrepancia entre las partes e incluso el mismo procesado admitió que él conducía la moto al momento del hecho, y que transportaba a su pareja en el asiento trasero.

Durante su alegato el fiscal Cristian Pablo Aguilar, titular de la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio Nº 1, acusó al encartado como autor responsable del delito de “homicidio culposo agravado” y solicitó se le impusieran las penas de dos años de prisión de ejecución condicional con las reglas de conducta básicas, y la inhabilitación especial para conducir vehículos automotores por cinco años.

Por su parte el doctor Ignacio Ernesto Lavot, patrocinante de los particulares damnificados, sostuvo que es aplicable la regla in dubio pro reo y pidió la absolución del encausado al señalar que el hecho se produjo por imprudencia del conductor del camión.

En tanto, el defensor particular del procesado, doctor Guillermo Luciano Taffetani, adhirió a los argumentos expuestos por el letrado Lavot, desarrollando algunos propios y requiriendo la absolución de su asistido por aplicación del principio de la duda.