Flexibilizan el cepo para freelancers: detalles sobre el nuevo tope para exportar servicios
A partir de enero, los trabajadores independientes que exporten servicios podrán manejar divisas sin convertirlas en el mercado oficial, con un aumento significativo en el monto permitido
El Banco Central (BCRA) decidió incrementar el límite anual para el ingreso de dólares provenientes de la exportación de servicios.
Desde el 1 de enero de 2025, los exportadores podrán ingresar hasta 36.000 dólares anuales sin obligación de liquidarlos en el mercado oficial.
Esta medida, oficializada mediante la Comunicación "A" 8153, responde a un contexto donde la necesidad de fortalecer la competitividad del sector servicios resulta clave para la economía del país.
El monto representa un aumento del 50% respecto del límite anterior de 24.000 dólares, fijado en una actualización realizada a comienzos de 2024.
La disposición beneficiará a freelancers y pequeños exportadores que se desempeñan en áreas como tecnología, consultoría, diseño gráfico y servicios audiovisuales, entre otros. En conjunto, estas actividades forman un sector estratégico que durante 2023 generó ingresos cercanos a 7.000 millones de dólares, representando una proporción relevante del comercio exterior argentino.
Además del aumento en el límite anual, el BCRA introdujo otros cambios importantes en los últimos meses, como la extensión de plazos para ingresar divisas.
A través de una modificación previa, el organismo amplió de cinco a 20 días hábiles el tiempo permitido para consolidar varios pagos en una única transferencia. Esta medida busca reducir los costos fijos de las transferencias bancarias internacionales, una problemática que afectaba principalmente a quienes manejan montos más reducidos.
Detalles normativos y operativos
La medida quedó detallada en la Comunicación "A" 8153, publicada el jueves 12 de diciembre.
Según el texto oficial, los exportadores que no superen el límite de 36.000 dólares podrán manejar los ingresos en moneda extranjera sin necesidad de convertirlos a pesos argentinos.
Para acceder a este beneficio, deberán cumplir ciertos requisitos como poseer una cuenta en dólares a su nombre y estar registrados como monotributistas con la capacidad de emitir facturas tipo "E".
La normativa especifica también que el cliente no debe haber utilizado este mecanismo por un monto superior al tope anual en ninguna entidad financiera ni bajo ninguno de los conceptos comprendidos.
Además, los exportadores deberán adherirse expresamente a esta disposición solicitando que los fondos sean acreditados en la cuenta en dólares correspondiente. (Infobae)