Bahía Blanca | Viernes, 18 de julio

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No habría trabas para hacer pagos en dólares con tarjeta de crédito

La normativa emanada de la autoridad monetaria refiere sólo a transferencias bancarias en moneda de EE.UU. 

Francisco Rinaldi

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La normativa del BCRA que afecta a las operaciones con cuentas bancarias en dólares no afectaría a los pagos realizados en esa moneda con tarjeta de crédito, de acuerdo con un especialista del sector financiero.

Según Guillermo Barbero, socio de First Capital Group, “la normativa no dice nada sobre pagos en dólares con la tarjeta de crédito, por lo cual, no se debería ver afectada”.

De acuerdo con First, aunque en los primeros seis meses del corriente el saldo de tarjetas de crédito en dolares en los bancos argentinos cayó a razón del 52,8%, acumularon un llamativo aumento del 12% en los últimos tres meses.

“Algunas ofertas de viajes postpandemia y la necesidad de incorporar tecnología para el trabajo remoto pueden ser la explicación de la reactivación del uso de la línea en moneda extranjera”, explicó Barbero.

Operatoria afectada

El Central difundió en los últimos días un comunicado por medio del cual los bancos están obligados a tomar “recaudos especiales” a la hora de permitir transferencia en dólares entre particulares. La idea es prevenir la salida de divisas por el lado de los “coleros digitales”, quienes recibían depósitos en billetes verdes de otras cuentas, cuyos titulares, por este vía, retiraban del sistema, burlando así el límite de los 200 dólares mensuales para comprar.

Así, la Comunicación "A" 7072 del BCRA exige que aquellas cuentas en dólares que no hayan sido asociadas por quien hace la transferencia, en forma previa, desde un cajero automático, no deberán ser autorizadas, así como también las que no hayan registrado depósitos o extracciones en los 180 días anteriores a la fecha en que la misma sea ordenada.

Además, si una cuenta de destino recibe una segunda transferencia durante el mes calendario, el banco tiene la obligación de diferir por hasta 13 horas posteriores al día hábil siguiente de efectuada la operatoria la acreditación de la misma, con el propósito de eliminar cualquier sospecha de incumplimiento normativo por parte de su titular. Para ello, podrán requerir al cliente receptor que justifique el motivo de la transferencia. 

“En caso de no producirse la justificación del movimiento en el término previsto, la entidad receptora deberá proceder al rechazo de la transferencia”, reza el comunicado.

“La entidad podrá exceptuar aquellas cuentas que por su propia actividad puedan justificar la recurrencia de esta operatoria”, finaliza.