Bahía Blanca | Viernes, 26 de abril

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Créditos para sueldos: dudas por la implementación en los bancos privados

Firmas locales no tenían precisiones con respecto a  las líneas para pago de haberes. 

Por Francisco Rinaldi / frinaldi@lanueva.com

    Las pymes bahienses nadaban hoy en un mar de incertidumbre ante la necesidad de fondos y la completa falta de precisiones de la banca privada para otorgarles los créditos anunciados para el pago de haberes. 

    En la banca pública, el proceso ya estaba en marcha, y desde el Banco Nación señalaron a este diario que habían recibido gran cantidad de consultas. 

     Del lado de las empresas, hay quejas con respecto a la falta de agilidad en los procesos, habida cuenta que la semana que viene ya deberían empezar a pagarse los salarios. 

     Es que las entidades, desbordadas en su capacidad por el pago de jubilaciones y el ingreso de emergencia, así como por el aislamiento obligatorio, daban prioridad a las firmas que ya contaban con calificación crediticia previa, "pateando" a un costado a las que no la habían pedido. 

     Así, aún abonando los sueldos de su personal por el banco (uno de los requisitos exigidos), el empresario podía llevarse una negativa ante un pedido de préstamo, ya que se evitaba iniciar el trámite necesario para la calificación. 

     Los créditos en cuestión tienen una tasa anual fija del 24 por ciento para poder afrontar hasta una nómina salarial como máximo, se desembolsan a través de las cuentas corrientes y tienen un plazo de 180 días. 

    "Estamos esperando novedades. Es el tercer día hábil y muchos de nuestros asociados, sobre todo, los que tienen hasta 25 empleados, van a tener problemas para pagar. En el caso de los más grandes, que tienen entre 150 y 200 empleados y prestan servicios, están trabajando al 50% por el aislamiento social, de forma que si bien tienen algo más de espalda financiera, también se ven afectadas", explicó el director ejecutivo de la Unión Industrial de Bahía Blanca, el ingeniero Ricardo Rabbione. 

     "Hay mucha preocupación. Nosotros tenemos dos  grupos de comercios asociados: los que pudieron  facturar y están en condiciones de pagar, y los que no lo hacen desde el 19 de marzo y tienen muchas complicaciones", señaló el gerente de la Corporación del Comercio, Industria Y Servicios de Bahía Blanca, el ingeniero Juan Carlos Starobinsky. 

     Acotó que los mecanismos para otorgar asistencia financiera "no están siendo muy ágiles. Por eso, salvo excepciones, no se va a poder pagar del 1 al 5". 
 

Asistencia del gobierno
     Del lado del Gobierno, la falta de precisiones era aún mayor: el Decreto 332/2020, que creo el Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción, carece de reglamentación, por lo cual, al día de hoy, se desconoce cuando estarán sus beneficios al alcance de las pymes. 

    Tales beneficios incluyen una Asignación Compensatoria al Salario por parte del Estado, consistente en el pago del 100% del salario bruto en firmas de hasta 25 empleados, con un Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM) -16.875 pesos a la fecha- como límite máximo para la misma. 

     Los empleadores de 26 a 60 trabajadores tenían el 75% del SMVM como límite, y desde 61 a 100 el valor máximo ascendía al 50% del mismo. Además, se otorgan descuentos para el pago de cargas sociales

    "Esta Asignación Compensatoria al Salario se considerará a cuenta del pago de las remuneraciones del personal afectado, debiendo los empleadores o empleadoras, abonar el saldo restante de aquellas hasta completar las mismas", aclara el Decreto. 

   Dicho saldo se considerará remuneración a todos los efectos legales y convencionales y, al solicitar el beneficio, el empleador deberá retener la parte correspondiente a los aportes jubilatorios y PAMI. 

    De acuerdo con una fuente, varios empresarios pymes locales estaban preguntando por los alcances del Decreto, aunque acceder a sus beneficios tiene condicionalidades que podrían hacer engorrosa la solicitud. 

     A modo de ejemplo, se pide exteriorizar "indicios concretos que permitan inferir una disminución representativa de su nivel de actividad", esto es, acreditar una reducción sustancial de las ventas con posterioridad al 20 de marzo.