Un jardín maternal deberá indemnizar a una familia por pedirle que no lleven a su hija porque "lloraba mucho"
La madre de la pequeña decidió accionar judicialmente tras una entrevista con la directora del establecimiento.
Una familia deberá ser resarcida por daños y perjuicios por parte de un Jardín Maternal privado de Viedma que le pidió que no lleve más a su hija a ese establecimiento porque “lloraba mucho”.
El fallo fue resuelto por el juez Leandro Oyola, subrogante del Juzgado Civil 1 de la capital rionegrina.
Los voceros señalaron que todo comenzó cuando una pareja decidió escolarizar a su hija y la inscribió en un establecimiento privado.
Luego de un período de adaptación de una semana, desde el jardín indicaron que la pequeña ya podía quedarse sola para cumplir el horario.
Semanas después, la directora del establecimiento le dijo a los padres que la niña no había logrado integrarse al grupo y presentaba un cuadro de angustia, lo que no permitía que el resto del grupo trabaje, razón por la cual finalmente les pidió que no la lleven más y la hagan ver por un psicopedagogo y su pediatra". La niña lloraba casi constantemente, les refirieron.
La madre concurrió al Consejo de Educación y desde el organismo se comunicaron con la directora, quien, según indicaron, había reconocido el hecho, pedido disculpas y solicitado que lleven a la niña nuevamente al establecimiento. Ante esto, la mujer alegó falta de confianza.
Al mismo tiempo, un pediatra y un equipo psicopedagógico certificaron el buen estado de salud de la nena.
Al iniciar el proceso civil, la progenitora manifestó que “la conducta de la autoridad del Jardín era discriminatoria, excluyente, lesiva de los derechos fundamentales de la niña, excluyéndola arbitraria y tempestivamente del sistema educativo”.
Por su parte, las autoridades del jardín negaron la existencia de dicho daño y expusieron su versión de los hechos: “luego de 4 semanas sin que pudiera lograr un progreso en su adaptación, el equipo docente y autoridades de la institución efectuaron una evaluación del caso de la cual concluyeron en aconsejarle a los padres el reinicio del período de adaptación, previa consulta de profesionales médicos, psicopedagogos y/o psicólogos a fin de que evaluaran a la niña”.
Conclusiones
El fallo señala que “surge del expediente que la directora reconoció el error en que incurrió al no haber convocado al equipo Técnico de la Supervisión para que orientará las acciones ante las dificultades que presentaba la niña. Solo plantearon la necesidad de esperar un poco más dada la angustia que no le permitía sostener todo el horario de adaptación sin llanto”.
El magistrado agregó que “el establecimiento no tenía cauce legal para obrar como lo hizo, y tampoco demostró realizar todos los esfuerzos, que por otro lado le corresponden en tanto Jardín Maternal, para que el tránsito de iniciación escolar sea debidamente receptado desde la institución. No se trata que la niña no se adaptó a la institución en su nivel inicial, sino que esta última no se adaptó al desafío que la niña presentaba”.
“Por otro lado, más allá de que al día siguiente intentó la directora remediar su conducta en base a la claras indicaciones del Ministerio de Educación y DDHH a través del equipo técnico correspondiente -el que me resulta importante destacar se encontraba a su disposición desde siempre-, termina de corroborar su incumplimiento contractual respecto del tránsito en el periodo de iniciación de la niña”, agrega.
“No surgen de los informes efectuados por la demandada, ni de los dichos de los testigos, cuál fue la propuesta pedagógica que el Jardín Maternal ponía a disposición”, se explica en el fallo.
Por otra parte, el juez recalcó que no se trata de un desafío “imprevisible para un establecimiento especializado”, sino esperable. (NoticiasNet)