Bahía Blanca | Jueves, 28 de marzo

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Los jubilados bahienses cerrarán otro año con una pérdida del poder de compra

El cálculo de la movilidad dejaría al haber mínimo nuevamente por debajo de la inflación. El retraso obedece en parte a la aplicación de la nueva ley jubilatoria.

Foto: Pablo Presti-La Nueva.

Francisco Rinaldi

frinaldi@lanueva.com

      Aunque la pérdida sería menor que la de 2018, los haberes mínimos de los jubilados bahienses finalizarían el año con menos poder de compra, producto de los elevados índices inflacionarios y por el arrastre de la nueva fórmula de movilidad previsional, decidida hace dos años atrás por la reforma jubilatoria.

      Es que con el aumento otorgado por la ley 27.426 -fue del 51 por ciento interanual a diciembre del corriente- la mínima quedará en 14.067,53 a partir de este mes.

     La actualización no alcanzaría para compensar el índice inflacionario local, que cerraría, según el CREEBBA, en torno al 53% para 2019, de lo que resultaría una pérdida de 1,3 puntos en el poder adquisitivo de los pasivos locales que perciben la mínima.    

     Pero si se considera, además, la fuerte depreciación que sufrió el año pasado, buena parte de los jubilados bahienses se halla en niveles que impiden alcanzar el mínimo de subsistencia.

      Esto porque durante 2018, los pasivos locales recibieron una verdadera paliza en términos de actualización de haberes: con una inflación local del 45% entre diciembre de ese año y 2017, la suba de apenas el 28% de la mínima dejó una merma de casi doce puntos en el poder de compra.

     Más: según estimaciones privadas, la merma en el poder de compra de los haberes jubilatorios acumula 20 puntos en toda la era Macri.

    Tamaño deterioro en el haber viene explicado, en buena parte, por la modificación de la reforma jubilatoria de diciembre de 2017, tras la cual, se sancionó la ley 27.426, actualmente en vigencia.   

     En la misma se cambió la modalidad y la fórmula del cálculo del haber jubilatorio, ya que se pasó de aumentos semestrales (marzo y septiembre) a trimestrales (marzo, junio, septiembre y diciembre). El índice de cálculo pasó de ser la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (el RIPTE, que sigue la evolución de los salarios del sector formal) a un mix de un 30% RIPTE y un 70% de la inflación que mide el INDEC.

     “No está mal que se haya cambiado la ley de movilidad, lo que está mal es la forma en que se aplicó, ya que no hubiera correspondido la aplicación del primer resultado del índice a un período que ya había devengado crédito a favor del beneficiario”, explicó el abogado previsionalista Alfredo Bernabei, director jurídico de Alfredo A. Bernabei & Asociados.

     Así, el nuevo índice se aplicó sobre el haber del mes de septiembre en diciembre de 2017 -mes en que se sancionó la nueva ley- cuando, en rigor, hubiera correspondido considerar el índice de la norma anterior, que tomaba como referencia al RIPTE.

    “La jubilación mínima de septiembre de 2017 de 7.246 pesos es correcta. Pero en marzo de 2018, luego de la reforma de la ley, su incorrecta aplicación la elevó hasta los $ 7.659,74 (movilidad del 5,71%) cuando en realidad debería haberse incrementado hasta los $ 8.296,67 (movilidad del 14,5%)".

     "Conclusión: más allá de la puja con la escalada inflacionaria, los haberes jubilatorios arrancaron su evolución por debajo del haber que correspondía, y me atrevo a decir del legal, ya que la aplicación con efectos retroactivos de una ley es violatoria del artículo 7 del Código Civil, que habla acerca de la eficacia temporal de las leyes”, explicó Bernabei.

     Agregó que esta situación generó un arrastre hacia adelante y dio lugar a cuestionamientos judiciales (causa Fernández Pastor), a punto tal que un dictamen del procurador de la Corte, Víctor Abramovich, recomienda al Alto Tribunal declarar su inconstitucionalidad.

    Pero la pérdida del poder de compra se amplifica si el haber se coteja con los aumentos de los bienes que consumen más intensivamente los jubilados, como medicamentos y ciertos alimentos.

     “La comparación se realiza con una canasta general, diferente a la que consumen los pasivos. Si la medida fueran los bienes que ellos consumen, claramente, la pérdida sería mucho mayor”, explicó el defensor de la tercera edad, Eugenio Semino.

     De acuerdo con las estimaciones de la Defensoría, al mes de octubre (última medición) la canasta del jubilado rondó los 37.815 pesos mensuales.

     Los rubros que se consideran son alimentos, productos de higiene y limpieza, medicación y artículos de farmacia, impuestos y servicios, transporte, vestimenta, gastos de vivienda y recreación.

     “Hay que tener en cuenta que los consumos de los adultos mayores son diferentes, porque además de medicamentos, tienen que comer otro tipo de alimentos, como por ejemplo, quesos bajos en grasa, que generalmente son más caros”, recordó Semino.
 

Promesa de aumentos

     Durante la campaña presidencial, el candidato electo, Alberto Fernández, prometió una recomposición extra de haberes del 20% para los pasivos.

    “La verdad que la esperamos con los brazos abiertos. Los países desarrollados ofrecen buenas jubilaciones porque se dieron cuenta que el de los adultos mayores es un colectivo social que tiene niveles de gastos en consumo interno porque tienen más tiempo, lo que ayuda a dinamizar sus economías”, recordó Semino.

    Pese a ello, la administración que se hará cargo del país a partir de la semana entrante afronta importantes desafíos, siendo el principal la renegociación de las condiciones de una deuda externa que se acerca al 60% del PBI.

     “Hay que ir a un superávit fiscal primario, porque esa es la condición para estabilizar la deuda", declaró, días atrás, Martín Guzmán, futuro ministro de Economía de Alberto Fernández.

     Entonces ¿se puede otorgar el merecido aumento sin compreter las negociaciones con los acreedores?

     Desde el Instituto Argentino de Análisis Fiscal (Iaraf), creen que no: de cumplirse con la promesa y sin ingresos extra, se conseguiría un deterioro de la posición fiscal de 1,8 puntos del PBI con relación al cierre estimado para este año.

     El deterioro sería mayor cuanto más se reduzca la inflación, toda vez que los ingresos fiscales ajustan por la inflación futura (la que resulte  en 2020), mientras que el gasto previsional sigue a la pasada (mayor a la futura).  Así, a menor inflación futura, mayor desfasaje entre ingresos y gastos y, por lo tanto, mayor déficit.

     Pero el economista y especialista en Seguridad Social Sergio Carpenter, tiene otra visión.

    “Primero, hay que tener en cuenta que por la reforma fiscal, el sistema va a tener una merma considerable de ingresos por la baja de cargas patronales prevista (N de R: los empleadores, que actualmente pagan sobre el exceso de $ 7.003,28, pasarán a hacerlo desde los $ 15.810,71). Si el Gobierno entrante revista estas medidas posiblemente se pueda otorgar el aumento prometido”, advirtió Carpenter para finalizar.