Bahía Blanca | Martes, 07 de mayo

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CRA y Coninagro le respondieron a Carrió por la retención de los dólares de la exportación

Ambas entidades ruralistas señalaron que hoy la mayoría de la soja está en manos de los acopiadores.

Fotos: Archivo La Nueva.

   Desde Confederaciones Rurales  Argentinas y Coninagro aseguraron hoy que no son los productores quienes "retienen" la cosecha y pidieron al Gobierno que restablezca los plazos para liquidar los dólares de las exportaciones en el país. 
   "El sector agrícola tiene en manos de los productores menos de un 17% en forma de reserva de los granos producidos en la campaña. Esta es la única forma en que los productores retienen divisas  como resguardo de valor", se indicó.
   Al respecto, se explicó que la liquidación de los dólares de exportación la realizan los exportadores en un 98%, mientras que el 2% restante sí se encuentra está en manos de los productores que exportan y liquidan en forma directa. 

   "Queda muy claro que no somos los productores los que retenemos los dólares de liquidación de exportación", dijo la entidad, en respuesta a los dichos de la diputada por Cambiemos, Elisa Carrió, quien los había  acusado de "especuladores que están en contra del Gobierno".
   La diputada les había "pasado factura" por su defensa del  sector en 2008 cuando el kirchnerismo intentó establecer un  programa de retenciones móviles.
   "No pueden retener los dólares de la soja. ¡Hagan Patria! Porque yo estuve ahí, ustedes no pueden estar lejos de nosotros", reclamó.

Plazos para la liquidación

   El 2 de noviembre del 2017 el gobierno derogó una serie de  normativas relacionadas con el control de cambios y entre ellas  extendió el plazo obligatorio para la liquidación de los dólares de exportación a 10 años; es decir, estrictamente a 3.650 días  corridos.
   En el sector exportador agrícola se fundamenta esta medida  diciendo que normalmente se liquidan con anticipación a la  exportación del físico entre 30 a 90 días dependiendo si es grano o producto de valor agregado (harinas o aceites). 
   "Suponemos que el espíritu de la medida se basó en esto. Ahora  algunas apreciaciones: la normativa se basa en una situación de  habitualidad y no tiene en cuenta ciertas particularidades de  mercado", dijo CRA. 
   Se agregó que la derogación de la obligación de liquidación en un plazo razonable en momentos de inestabilidad cambiaria genera muchas suspicacias en cuanto a los tiempos, ya  que se generan incentivos para la retención de las mismas buscando  un beneficio especulativo.
   "No creemos en los mercados intervenidos pero sí en una regulación flexible que corrija las distorsiones y se adapte a las  distintas situaciones de la misma forma en que nosotros como  productores adaptamos nuestros sistemas productivos y paquetes  tecnológicos a las condiciones climáticas, y de mercado", sostuvo CRA. (NA)