Bahía Blanca | Martes, 30 de abril

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En siete respuestas, todo lo que hay que saber antes de jubilarse

La reforma del Sistema Previsional presenta varias dudas: ¿me tengo que jubilar a los 70 años? ¿es verdad  que se actualizará el 82% de mi jubilación? Si quiere despejar estos y otros interrogantes, lea esta nota. 

Francisco Rinaldi

frinaldi@lanueva.com

       En un país altamente inestable como el nuestro, no es de extrañar que haya cambios bruscos. Y cada dos décadas el Sistema Previsional sufre esas modificaciones intempestivas que, aunque quizá necesarias, inundan de dudas a quienes están próximos a acceder a su jubilación.
      La recientemente reglamentada ley 27.246 de Reforma del Sistema Previsional es otro ejemplo de las marchas y contramarchas de una cuestión más que delicada, ya que atañe directamente a la calidad de vida de los adultos mayores.
        Pero para tratar de despejar algunas de esas dudas, visitamos a la directora del Instituto de Derecho Previsional del Colegio de Abogados y Procuradores del Departamento Judicial Bahía Blanca, la abogada y especialista en Seguridad Social Fernanda Román, quien accedió a contestar el siguiente cuestionario para La Nueva.
      1) Con la reforma ¿es obligatorio trabajar hasta los 70 años?
        --No. Es facultativo. La ley dice que la intimación del empleador al trabajador para que inicie sus trámites jubilatorios, que antes se hacía a los 60 años para las mujeres y a los 65 para los hombres, hoy se debe hacer a los 70 años, sea hombre o mujer, ya que la reforma no establece género.
       “Sin embargo, eso no obsta  que si un trabajador  o una trabajadora tiene 65 o 60 años y cuenta con los aportes, puede jubilarse sin ningún problema”.
       “Lo que si es nuevo es que antes de los cambios, una vez alcanzada la edad, el empleador podía intimar al trabajador a jubilarse independientemente de que contara o no con los aportes. Hoy por hoy, para proceder de esta forma, el trabajador deberá reunir los dos requisitos: edad (70 años) y años de servicio (30 años)".    
          2) En los nuevos haberes jubilatorios, ¿se va a pagar el 82 por ciento móvil?
         --No. Lo que el Estado Nacional garantiza es el 82 por ciento del Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVM), pero el viejo reclamo de la clase pasiva, que aspira a una movilidad del 82% de las últimas remuneraciones percibidas a los largo de su vida laboral, no se cumple en lo absoluto.
             “Así, en la actualidad, tenemos una jubilación garantizada por ley de 7.790 pesos, pero sólo para quienes hayan aportado 30 o más años (N de R: equivale al 82% del SMVM actual, fijado en 9.500 pesos mensuales hasta el primero de julio de este año, cuando subirá hasta los 10.000 pesos). Vale aclarar que quienes hayan accedido al régimen de regularización de las moratorias, tienen como garantía un monto algo menor, que es del haber mínimo (N de R: es de $ 7.660 al mes en curso).
             “Esto no quita, sin embargo, que haya gente dentro del Sistema Previsional que cobra por debajo de ese haber mínimo.
            "Se trata de personas que quedaron como el resabio del sistema de capitalización privada de los 90, cuando existían las Administradoras de Fondos de Jubilaciones y Pensiones (AFJP), a quienes se les liquidaban las llamadas rentas vitalicias por pensiones o retiros por invalidez Pero se puede hacer el reclamo pertinente para que  se le garantice el haber mínimo”.
       3) Los conceptos no remunerativos (viáticos, aumentos de sueldo, etcétera) ¿sirven para el cálculo de la jubilación? ¿que conceptos se consideran en dicho cálculo?
         --Con respecto al primer punto, los conceptos no remunerativos que los trabajadores perciben en sus recibos de sueldo no generan aportes, por lo cual, no forman parte de la base de cálculo para el haber jubilatorio.
       “Yendo a la segunda cuestión, el régimen de la ley 24.241 estableció que el haber previsional cuenta con tres componentes: la Prestación Básica Universal (PBU), la Prestación Compensatoria (PC) y la Prestación Anual por Permanencia (PAP).
      “La PBU es un monto fijo que se abona en cada jubilación y es su  componente por excelencia. Tiene otra naturaleza y no está relacionada con los aportes del trabajador (N. de R: actualmente, de acuerdo con la Resolución 28/2018 de la Anses, la PBU es de 3.619,97 pesos).
        “En cambio, la PC y la PAP surgen de una formula que tiene como base el promedio de las últimas 120 remuneraciones del trabajador y los años de servicio respectivamente.
        "Así, el haber surge de la sumatoria de la PBU, la PC y, si la tuviera, la PAP.
        “A la PBU pueden acceder las personas que cumplan los siguientes requisitos de la ley: edad (60 años mujeres y 65 años varones, con posibilidad de extender hasta los 70 años, tal como le comenté anteriormente), y 30 años de aportes".
      "Hay regímenes diferenciados (trabajador rural, construcción, choferes, etcétera) donde los requisitos son inferiores, por el desgaste físico que sufre el trabajador, situación que justifica su retiro anticipado de su actividad laboral”.


         4) --¿Cuánto rondan hoy los haberes?
         --Generalmente, el haber jubilatorio ronda entre el 54 y el 58% del promedio de las últimas remuneraciones, pero debo aclararle que se trata de un porcentaje estimativo, ya que el cálculo del haber es un tema complejo, donde intervienen varias cuestiones.
         5) --¿Qué ocurrirá con quienes, por no tener suficientes aportes, iniciaron su moratoria antes de la reforma?
           --Ellos pueden acceder a la jubilación mínima, aunque sin la garantía del 82% del SMVM a la que antes me referí.  
          “Pensando a futuro, sabemos que la moratoria sigue vigente hasta julio de 2019, pero de allí en más, no hay muchas precisiones. Todo indica que la idea es mantener unicamente la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM), que equivale al 80% de la jubilación mínima.
           “Con la PUAM, el trabajador puede seguir activo y va sumando años de aportes hasta completarlos, manteniendo ese beneficio, con la posibilidad de que pueda transformarse en un futuro haber previsional.
          6) ¿En base a qué índices se actualizarán los haberes?
         --Los nuevos índices estipulan una actualización del 70 por ciento en base a la inflación (N de R: se toma el Indice de Precios al Consumidor Nacional que calcula mensualmente el INDEC) y el 30% remanente en base a la evolución del la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE) (N de R: lo informa el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación).
          “Con la nueva ley, las actualizaciones serán trimestrales en lugar de semestrales, como eran antes.
        “Vale la pena advertir que para el aumento de marzo, se toma el aumento del RIPTE y del IPC del tercer trimestre de 2017, de manera que, al dar el aumento en este mes en lugar del muestreo de agosto a diciembre, como hubiese correspondido con el esquema anterior, hay un trimestre “borrado” (el cuarto de 2017). Esto genera un ahorro de gasto previsional por parte del Estado, pero que perjudica, en principio, claramente a los pasivos.
         “Pensando en lo que vendrá, la evolución de los haberes dependerá íntegramente de la evolución de los nuevos índices, ya que el aumento actual, del 5,7%, fue significativamente inferior al que le correspondería con los índices anteriores a la reforma”.
          7) ¿Qué le recomendaría a un trabajador en actividad de cara a su jubilación?
           --Yo le aconsejo que a lo largo de su vida laboral haga al menos dos o tres reconocimientos de servicio.
          "Se trata de un sencillo trámite que se realiza ante la Anses, donde el trabajador, con su documentación laboral, se presenta ante el organismo y le pide que verifique esos datos.
          “Entonces, a tales fines, la Anses hace una compulsa a través de las empresas, chequeando los libros contables, etcétera.
         “Esto es fundamental, porque cuando más se anticipa el trabajador, mayor es la chance de que las verificaciones den positivas. Imáginese el caso de un trabajador próximo a jubilarse que debe hacer esta verificación. Muy probablemente se le dificulte mucho, ya que algunas de las firmas para las que trabajó pueden haber desaparecido".