Bahía Blanca | Martes, 30 de abril

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Confirmaron una pena por la usurpación al frigorífico Villa Olga

La Cámara Penal ratificó la sanción de 2 años de prisión en suspenso a Hugo Cartajena.
Foto: Archivo La NUeva.

   La pena de 2 años de prisión en suspenso a Hugo Néstor Cartajena, por el delito de usurpación al frigorífico Villa Olga, fue ratificada por la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal.

   De esta manera, se confirmó el fallo dictado hace poco más de un año por la jueza en lo Correccional Nº 3, Susana González La Riva, que también ordenaba la restitución de las instalaciones -ubicadas en el kilómetro 698 de la ruta 3 sur- a los dueños, Silvio y Miguel Siracusa.

   El fallo, conocido hoy, fue dictado por los camaristas Guillermo Giambelluca, Gustavo Barbieri y Pablo Soumoulou, de la Sala I.

   También se confirmaron las absoluciones de otros acusados, Enrique Garaggiola, Daniel Wenderlich, Hugo Almada y Pablo Cañiuqueo.

   La toma forzada del frigorífico se registró el 30 de abril de 2012 y se prolongó por 4 años, luego del cierre de la planta, tras la finalización de un contrato comercial con Israel, según afirmaron los Siracusa.

 El "interlocutor"

   La Cámara ratificó el fallo de primera instancia al asegurar que existen “suficientes fundamentos” y que la acusación contra Cartajena se sustentó “en prueba cargosa apta”.

   “No solamente se llegó a acreditar su participación en las protestas sino que además las notas periodísticas lo sitúan en un rol principal, no solo presentándose en todos los casos como interlocutor, sino que a su vez resulta ser quien, de modo inmediato a posteriori del evento, anunció que la toma era por tiempo indeterminado”, se indicó en el fallo.

   A su vez, hay testigos que confirman que cada vez que se presentaban en el predio tomado, “si bien los restantes ocupantes se alejaban, su interlocutor y quien a su vez disponía el ingreso o no, era el citado Cartajena”.

 Sin pruebas

   En cuanto a las absoluciones, se dijo que la prueba producida en el juicio “no resultó suficiente” para la condena.

   Garaggiola, Wenderlich, Almada y Cañiuqueo pertenecieron al personal que prestó tareas en Villa Olga, por contratación a la Cooperativa General Cerri, aunque dicha “per se” no es suficiente para sentenciarlos.