Bahía Blanca | Sabado, 04 de mayo

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Trece años de prisión para la pareja acusada de un homicidio

Una pena de 13 años de prisión recibieron ayer los integrantes de una pareja que está acusada de ultimar a golpes a un hombre, hecho que se registró hace poco más de dos años en Villa Buenos Aires. La sentencia, del Tribunal en lo Criminal Nº 1, recayó en Carolina Andrea Ledebur, de 22 años y embarazada de ocho meses, y Norberto Edgardo Caballín (34), quienes fueron considerados autora material y partícipe primario y necesario, respectivamente.
Familiares con la mujer, ayer en Tribunales, luego de la lectura de la sentencia. (Rodrigo García-LNP)


 Una pena de 13 años de prisión recibieron ayer los integrantes de una pareja que está acusada de ultimar a golpes a un hombre, hecho que se registró hace poco más de dos años en Villa Buenos Aires.


 La sentencia, del Tribunal en lo Criminal Nº 1, recayó en Carolina Andrea Ledebur, de 22 años y embarazada de ocho meses, y Norberto Edgardo Caballín (34), quienes fueron considerados autora material y partícipe primario y necesario, respectivamente.


 Los jueces Enrique José Montironi, Hugo Alberto De Rosa y Mario Lindor Burgos votaron, en ese orden, las cuestiones planteadas en el fallo.


 De esa manera, los magistrados aceptaron el pedido condenatorio de la fiscal de juicio Olga Herro --quien, no obstante, había solicitado 15 años para cada uno--, y rechazó la petición de absolución propuesta por los defensores oficiales Pablo Radivoy (Ledebur) y María Laura Pintos (Caballín).


 El dúo fue imputado de la muerte de Roberto Canelón (75), que se concretó el 5 de enero de 2001, a las 14, en la precaria vivienda de Baigorria 3680.


 La joven fue sindicada como ejecutora del delito, ya que testigos la vieron cuando le aplicaba golpes de puño y con elementos contundentes a la víctima, pese a que, en su declaración, dijo que no recordaba nada del hecho desde que Canelón, tras discutir con ella, supuestamente la golpeó en la cabeza.


 Caballín, por su lado, admitió que Ledebur empezó a pegarle a la víctima --después de conocer que había hecho comentarios ofensivos contra la chica--, que él no tomó parte del asunto, aunque trató de retirar a Ledebur del lugar y que le pegó a uno de los testigos porque éste agredió a la chica de atrás.

Pruebas contundentes. Para el tribunal, "se ha acreditado fehaciente y acabadamente, la autoría y penal responsabilidad de Carolina Andrea Ledebur y la participación primaria y necesaria de Norberto Edgardo Caballín".




 En ese sentido, citaron las declaraciones de los testigos presenciales Silvia Domínguez, Francisco Robaina y Abelardo Serrano, entre otros.


 Los jueces consideraron que los dichos de Domínguez fueron "claros, precisos, contundentes y veraces".


 Dijo la declarante, ex mujer de Caballín, que éste llegó con su actual pareja hasta la vivienda-colectivo de Canelón, a bordo de un camión.


 Observó la mujer cuando Ledebur le pegó al hombre, primero mediante golpes de puño y luego con un martillo que extrajo de entre sus ropas y también con una silla y "todo otro objeto que encontraba a su paso", inclusive una pala y un rastrillo.


 Confirmó que fue detenida por Caballín cuando trató de interceder y que todo fue sorpresivo.


 "Hasta el día de hoy no puede entender la actitud de Caballín, ya que se trataba de un tipo tranquilo", manifestaron los magistrados respecto de los dichos de Domínguez.


 Ese relato guarda correlación con los sucesos juzgados, en especial la continuidad temporo-espacial de los hechos, y "resulta de una contundencia tal, que no encuentra fisura alguna que pueda tacharlo de parcial y prejuicioso".


 Robaina, por su lado, declaró casi de manera similar a la testigo y admitió que fue golpeado por Caballín cuando trató de evitar la paliza, mientras que Serrano, aún con reticencias en sus dichos, confirmó las mismas circunstancias.


 También se destacaron la versión de Carina Ramos y del policía Nicolás Hernán Juárez, quien realizó las primeras actuaciones, secuestrando en el lugar un martillo, una pala, un barrote de hierro y un pico.

Imputados mendaces. Acerca de la indagatoria de Ledebur y Caballín, para el tribunal ambos fueron "mendaces y (sus coartadas) no guardan relación con los hechos que se les imputan; más aún, pretenden demostrar lo indemostrable; es decir, que los sucesos acontecieron por culpa exclusiva de la víctima".




 Por el contrario, no se pudo comprobar que Canelón haya sido agresivo contra Ledebur y menos aún que la haya insultado o que haya realizado algún comentario hiriente hacia la persona de la imputada, tal como ésta aseguró.


 Descartaron la posibilidad de que la joven haya actuado en estado de emoción violenta, con una entidad suficiente como para obnubilarse y, respecto de Caballín, aseguraron que tomó parte del inicio de la ejecución del acto y que le prestó auxilio a su pareja.


 Sin su intervención, "el hecho delictivo no habría podido consumarse, por lo menos en el desenlace conocido", se explicó.