Bahía Blanca | Domingo, 28 de abril

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Caso Suris: rechazan la apelación del bahiense y continuará detenido

La Justicia lo acusa de ser el líder de una banda narco.
Caso Suris: rechazan la apelación del bahiense y continuará detenido. La ciudad. La Nueva. Bahía Blanca

   La Cámara Federal de Apelaciones determinó que el bahiense Juan Ignacio Suris permanezca detenido por la causa en la que lo investigan por tráfico y comercialización de drogas.

   Además de desestimar el recurso que presentó la defensa de Suris, la Justicia también confirmó el procesamiento con prisión preventiva de Martín Cruz Ocampos, Guillermo Martín Suris, Juan Ramón Romero Miranda, Aníbal Mario Arce. Yolanda Jiménez, Ezequiel Ferrari, Fernando Alexis Bond Stork, Sandro Miranda, Tamara Jiménez y Gustavo Sequeira.

   En tanto, la Cámara sí hizo lugar a las apelaciones de Nicolás Di Rocco y Carlos César Alberti y revocó sus procesamientos.

   El fallo, que tiene 47 fojas, fue firmado por los jueces Ricardo Emilio Planes y Néstor Luis Montezanti.

   Suris, novio de la vedette Mónica Farro, permanece alojado en la cárcel de Saavedra.

   Al momento de realizar la apelación al procesamiento, los defensores de los imputados atacaron las escuchas telefónicas y la prueba valorada por el juez Santiago Ulpiano Martínez.

El fallo

   Algunos de los párrafos salientes de la resolución judicial son los siguientes:

* Se indica que “la alegada ilegalidad en la promoción de la presente causa no tiene asidero alguno”, agregando que se iniciar a partir de una llamada telefónica recibida por un efectivo policial.

* Fuentes de la policía: Acerca de la alegada indeterminación de las mismas, se indica que "el juez expresó prolijamente los motivos que lo condujeron a adoptar la medida que se cuestiona, basándose en los informes policiales y asumiéndolos conjugados con las demás circunstancias de la causa".

* “No se trató –como alega la defensa– de una `expedición de pesca´ tendiente a dar con la comisión de algún delito ni de meras suposiciones, sino que se ordenó sobre la base de una sospecha concreta”.

* Allanamientos, secuestro y detención: "La decisión adoptada no resulta arbitraria o carente de fundamentación. En verdad, fue ordenada para constatar la ocurrencia de los hechos objeto de pesquisa en el marco de una línea investigativa, no presentándose como irrazonable según las particulares circunstancias del caso. La orden judicial satisface el requisito de motivación suficiente".

* "Las escuchas no son la única prueba aunque si la más relevante que tuvo en cuenta el juez para acreditar la existencia del hecho punible y la participación de los autores. También valoró las filmaciones, fotografías, el resultado de los allanamientos y las declaraciones de los policías que intervinieron en la investigación".