Bahía Blanca | Viernes, 26 de abril

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Se busca un marco normativo para las audiencias públicas en el CD rosaleño

El objetivo es promover y permitir una efectiva participación ciudadana. El espacio es consultivo y no vinculante, y se intenta saber cómo son tomadas las opiniones de los vecinos.
Amiot (junto al concejal Luis Coca) hizo alusión a una ley del orden provincial para dar lugar a la voz de los frentistas.

Natalia Miguel

nmiguel@lanueva.com

Hacia la comisión de Legislación, Interpretación y Reglamento (que preside el edil oficialista Nicolás Aramayo) se derivó un proyecto del bloque Frente para la Victoria-PJ vinculado con el desarrollo de las audiencias públicas en el Concejo Deliberante.

La legisladora Alicia Amiot dijo que en los últimos años el departamento deliberativo llevó a cabo tres audiencias públicas, la última hace pocos días con el fin de consultar a los vecinos sobre la posible modificación de la ordenanza que regula las antenas de telefonía celular.

Dijo que todas las audiencias fueron llamadas por decreto del Concejo Deliberante y en cada caso con particularidades propias, consensuadas entre los miembros del cuerpo.

"No existe una normativa local que contemple esta instancia de participación ciudadana en la cual los vecinos interesados intervienen en la adopción de decisiones relacionadas con una actividad regulada por el Estado", dijo.

"Desde nuestro bloque hemos presentado, los primeros días de junio, un proyecto de ordenanza que pretende establecer la audiencia pública como procedimiento tanto para el departamento Ejecutivo como para el legislativo", acotó.

En este sentido, sostuvo que el objetivo es permitir y promover una efectiva participación ciudadana para que las autoridades responsables de la toma de decisiones accedan a las distintas opiniones, propuestas, experiencias e informaciones existentes sobre el tema, de forma transparente, pública y en pie de igualdad a través del contacto directo con los vecinos.

Si bien las opiniones recogidas en una audiencia pública son de carácter consultivo y no vinculante, dijo que deben explicarse en los fundamentos del acto administrativo, de qué manera han sido tomadas en cuenta las opiniones de la ciudadanía y en su caso, las razones por las cuales se desestiman.

En principio, dijo Amiot, adhiere a la Ley Provincial Nº 13.569 que establece el procedimiento y que en su artículo 10 invita a los municipios a sumarse.

El carácter, agregó, es consultivo sobre temas e iniciativas de gran trascendencia para importantes sectores de la población y podrá ser convocada por el Ejecutivo o legislativo en forma conjunta o indistinta.

En el caso de particulares, la concejal justicialista expresó que deberá ser un grupo o entidades de la comunidad que representen como mínimo el 1,5% del padrón electoral cuyas firmas tendrán que ser verificadas por la autoridad competente.