Bahía Blanca | Viernes, 26 de abril

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Incumplir las leyes

Escribe Carlos R. Baeza

Durante muchos años la Argentina vivió un estado de anomia, no por la inexistencia de normas jurídicas sino por el descarado no acatamiento de sus dispositivos -incluyendo la propia Constitución Nacional- , así como por el reiterado incumplimiento de pronunciamientos judiciales hasta de la propia Corte Suprema de Justicia.

Es por eso que quienes pretendemos vivir en un Estado de Derecho en el que gobernantes y gobernados respeten las instituciones tenemos el deber cívico de advertir todas aquellas medidas que atenten contra el mismo.

En el año 2004 fui invitado por la Legislatura de Misiones para brindar una serie de charlas en conmemoración del 50° aniversario de la provincialización del entonces Territorio Nacional, debiendo señalar que el gobernador Rovira -quien poco después sería objeto de una “piña” que acabaría con su sueño reeleccionista- se encontraba enfrentado con el vicegobernador y que por ello no asistió a los actos.

Fue en esa ocasión que unos legisladores me hicieron entrega de una insólita documentación, mediante la cual Rovira mandaba expresamente incumplir fallos judiciales y normas sancionadas por la Legislatura.

La ley 4.008 había establecido que se consideraba presunción de la existencia de discriminación cuando un agente público era removido de su cargo y ello originó una serie de acciones de amparo promovidas por empleados, así como el consecuente dictado de medidas cautelares por parte de los jueces intervinientes.

El gobernador entendió que tales pronunciamientos resultaban ser contrarios a la normativa vigente y, mediante decreto 330 del 16 de marzo del año 2004, dispuso inobservar las medidas cautelares de no innovar decretadas por dos jueces.

En otra acción de amparo, un particular había obtenido que la justicia ordenara al Ministerio de Ecología y Turismo se le otorgara la tarjeta y guías de extracción y explotación de especies arbóreas situadas en un predio.

El gobernador entendió que ello implicaba obligar al dictado de actos “ilegítimos y nulos de nulidad absoluta e insanable por contrariar expresas normas de la Constitución y de las leyes que rigen la explotación de la actividad forestal en la Provincia”, por lo cual, y mediante el decreto 185 del 18 de febrero de 2004, instruyó al ministro del ramo “para que inobserve en su totalidad” la medida cautelar dictada por el juez interviniente.

Finalmente, y mediante un decreto (Boletín Oficial 11.179 del 30/12/03, pág. 28), el gobernador instruyó “a los Directores por el Estado Provincial en el Directorio del Instituto de Previsión Social a la inobservancia de la ley n° 3.992 en cuanto dispone erogaciones sin la previsión de la contrapartida presupuestaria…”

Como se advierte en una situación de anomia digna de Macondo, un gobernador ordenaba incumplir normas y fallos de los otros poderes del Estado provincial pretendiendo asumir la suma del poder público.

Algo similar ocurrió por estos lares, cuando el Intendente Municipal instruyó a los funcionarios encargados del control del tránsito no exigir a los automovilistas acreditar el cumplimiento de la Verificación Técnica Vehicular (VTV) debido al aumento a abonar por dicho servicio y teniendo en cuenta el obvio estado de deterioro del pavimento bahiense.

No cabe duda que el lamentable aspecto que presentan las calles de la ciudad no es imputable al nuevo gobierno sino a la anterior gestión municipal y que se han prometido -y encarado ya en algunos casos- obras tendientes a solucionar ese serio problema.

Pero lo que no es dable admitir es que un funcionario municipal ordene incumplir normas provinciales cualquiera sea el motivo invocado, con el riesgo institucional que tal actitud representa para el sistema republicano.

Las normas jurídicas solo pueden ser derogadas por el mismo poder que las sancionó y con efecto general para todos los habitantes, o en su caso, ser declaradas inconstitucionales por el Poder Judicial y alcanzando solo a quien obtuvo ese pronunciamiento.

Sin embargo, mientras ninguna de estas dos situaciones ocurra, el Estado de Derecho exige que las normas jurídicas sean cumplidas por gobernantes y gobernados y de allí que ningún funcionario público -como hiciera Rovira- pueda disponer que aquellas “sean incumplidas”.

He votado y apoyo al nuevo gobierno y entiendo que luego de 12 años de una corrupción que día a día muestra sus más repugnantes aristas y revela el desprecio a las instituciones y a la República, no es posible exigir a la actual gestión -más allá de si ya transcurrió un semestre de su asunción- solucionar rápidamente los problemas dejados por el kirchnerismo en su paso por el gobierno.

Creo igualmente que el Intendente es una persona responsable y que quizá sus dichos no pasan de ser una expresión desafortunada en medio de una entrevista con los medios. Pero para evitar que estas situaciones puedan repetirse y afectar el funcionamiento de las instituciones, creo un deber de cualquier ciudadano señalar todo aquello que nos pueda retrotraer a un pasado al que la mayoría decidió no volver.

La democracia es solo un escalón para alcanzar la República y ella solo puede realizarse a través del irrestricto respeto a sus principios básicos, tales como son, entre otros, la división de poderes; la independencia del Poder Judicial y el adecuado contralor recíproco entre todos quienes detentan las funciones públicas.