Bahía Blanca | Viernes, 26 de abril

Bahía Blanca | Viernes, 26 de abril

Bahía Blanca | Viernes, 26 de abril

Tarifa Invertida: el régimen de EE.UU. para las importaciones

Especialistas analizaron el sistema norteamericano para reducir el impacto en las importaciones y nivelar el campo de juego entre el fabricante local y el extranjero.

   En 2017 la Organización Mundial de Zonas Francas tenía identificadas más de 3.500 zonas económicas especiales en 135 países con 70 millones de empleos. En los Estados Unidos las Zonas de Comercio Exterior (FTZ) se crearon en 1934 y son utilizadas enormemente por la industria farmacéutica, automotriz, del gas y petróleo, y petroquímica. Hoy emplean a más de 420 mil personas en 2.900 instalaciones de FTZ, representando más del 10 % de las importaciones y el 5 % de las exportaciones de EE.UU..

   “La Nueva.” conversó con el licenciado Pablo Amarelle, de Zona Franca Buenos Aires Sur SA, y Alejandro Olivieri, del Ente Zona Franca Bahía Blanca - Coronel Rosales sobre los beneficios de implementar el régimen de Tarifa Invertida que utiliza Estados Unidos para reducir el impacto de las importaciones y nivelar el campo de juego entre el fabricante local y el extranjero.

   --¿Qué es el régimen de Tarifa Invertida?

   Pablo Amarelle: --La tarifa invertida se utiliza para evitar que el fabricante con sede dentro del país se encuentre en desventaja en comparación con su competidor extranjero cuando debe pagar una tasa de importación por cualquiera de sus partes o componentes individuales mayor que por el producto terminado, lo que le daba al productor extranjero una ventaja injusta e involuntaria sobre el fabricante nacional. El programa FTZ nivela el campo de juego en estas circunstancias al permitir que el fabricante aplique la tasa de trabajo del producto terminado a los componentes importados utilizados en la producción para el consumo doméstico, eliminando la motivación a importar el producto terminado y seguir fabricando en el país de manera competitiva.

   Alejandro Olivieri: --El régimen articula perfecto con todas las leyes de fomento sectoriales favoreciendo la industrialización local de partes o equipamiento en industrias estratégicas para poder abastecerlas (ley de energía renovable, oil y gas para el desarrollo de Vaca Muerta, minería, etc.) ya que brindan tasa cero para el bien terminado, situando el incentivo para generar fabricación local dentro del régimen.

   --¿Cuál es el costo fiscal de aplicar el régimen de Tarifa Invertida?

   Alejandro Olivieri: --Cuando el bien se fabrica en el país y la competencia es un producto terminado extranjero más competitivo, desde un análisis estático arrojaría que el Estado dejaría de percibir tributos por importación de las partes o componentes que actualmente se importan o afectaría a la industria que abastece de insumos locales a este sector. Sin embargo, el beneficio de ZF sería sobre la estructura de costos de servicios básicos e incorporación de tecnología, pero a nivel arancelario no deja de tributar lo mismo que el bien extranjero. Por ende, lo único que se le brinda al industrial local es la posibilidad de equipararse en su abastecimiento con el producto extranjero terminado, pero tributando el impuesto a las ganancias y con costos de mano de obra local. 

   Pablo Amarelle: --La relación costo-beneficio de este mecanismo para el Estado es inmejorable, permite focalizarse en determinados sectores para promover el desarrollo industrial nacional aprovechando la ficción de extraterritorialidad aduanera de una ZF. Con este régimen se sientan bases competitivas para insertarse en las cadenas globales de valor, y con apalancamiento en el mercado interno mediante un efecto de sustitución de importación con agregado de valor local sin costo fiscal real de corto, mediano o largo plazo pero con grandes implicancias para la inversión, generación de empleo y recaudación.

   Alejandro Olivieri: --El costo fiscal será cero en los casos en que no exista producción nacional de ese bien intermedio o terminado. Hoy en día se importa al arancel aplicable siendo 100 % extranjero (0 recaudación de derrame y 0 % ganancias, 0 generación de empleo, 0 posibilidades de competir internacionalmente). Para todos estos casos serán nuevos océanos azules de oportunidades de inversión sin afectar la competencia. 

   --¿Además de los EE.UU. algún otro país está utilizando este régimen?

   Pablo Amarelle: --En Perú la nueva Ley de Zonas Especiales de Desarrollo determina que sobre los bienes producidos en las mismas y que van al mercado interno se utiliza la tasa arancelaria más baja que se aplique en el país según los acuerdos comerciales internacionales (NMF).