Bahía Blanca | Viernes, 26 de abril

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Aumentos del gas: Camuzzi corrige sus facturas con el tope para las subas

El Ministerio de Energía dispuso que los incrementos no podrán superar el 400 %.
En algunos casos, hubo usuarios que denunciaron incrementos de más del 500%.

Mario Minervino / mminervino@lanueva.com

Camuzzi Gas Pampeana, la empresa encargada de la distribución de gas en la ciudad, comenzó a imprimir las nuevas facturas del servicio, corregidas de acuerdo con las disposiciones del Ministerio de Energía y Minería de la Nación y el Ente Nacional Regulador de Gas (ENRE) --muchas de las cuales están impagas por parte de sus titulares-- las cuales comenzarán a ser repartidas en las próximas horas.

La información fue dada a conocer ayer por la propia empresa, que además informó que "las facturas que empezaron a recibir los usuarios a partir del lunes son nuevas, vigentes y en función de lo dispuesto por las mencionadas resoluciones".

Indicó asimismo que "para garantizar que el proceso de refacturación no genere inconvenientes en los usuarios, la compañía ha tenido en cuenta los plazos y vencimientos con sus respectivas adecuaciones".

La normativa refiere a la aplicación de topes porcentuales en la facturación comprendida entre el 1 de abril y el 31 de diciembre de este año, para la distribución de gas por redes de todo el país.

En el caso de los usuarios residenciales, los montos sin impuestos por los consumos realizados durante dicho período no deberán superar el 400% al que hubiera correspondido facturar de aplicarse —-para la misma categoría de usuario y para el mismo volumen consumido—- los cuadros tarifarios vigentes al 31 de marzo de 2016. Para el caso de comercios, pymes y hoteles el porcentaje será del 500%.

Camuzzi mencionó que también comenzó a realizar los análisis de situación de aquellos usuarios que abonaron su factura para establecer si lo pagado no supera esos límites. En caso de verificarse un exceso, la diferencia será tenida en cuenta en la próxima facturación.

En ciudades alcanzadas por medidas judiciales como consecuencia de recursos de amparo, la compañía señala que "se encuentra acatando las disposiciones de la Justicia".

"Subsidios necesarios"

De paso por la ciudad, el juez Luis Arias, titular del juzgado Contencioso Administrativo de La Plata y autor del fallo que dispuso la ilegalidad del ajuste tarifario en las facturas, señaló ayer que toda la política de actualizaciones y aumentos no puede dejar de considerar "la capacidad contributiva" de los usuarios, ya que los servicios no les pueden requerir el 70% de sus ingresos.

Mencionó como ejemplo el de un trabajador que paga un alquiler más los consumos de gas, agua y electricidad, alcanzando valores que se escapan, manifestó, de lo razonable.

El juez Arias defendió la instrumentación de subsidios, de modo que los "salarios rindan" y permitan crear las condiciones adecuadas para lograr el funcionamiento de las pequeñas y medianas empresas, ya que son las que generan, de acuerdo con los últimos datos, "el 70% de los empleos en nuestra provincia".

"Es posible que se deban ajustar y hacer equitativos, pero la política de subsidios tiene una razón", indicó el magistrado.

Mencionó por otro lado que en el juzgado a su cargo no se registraron presentaciones referidas al ajuste tarifario de la energía eléctrica, por funcionar bajo la órbita federal.

"La provincia no interviene, más allá de que hubo ciudades donde hubo presentaciones judiciales por la falta de audiencia pública", declaró.

Arias afirmó además que el caso de las bajas tarifas que tenía la ciudad autónoma de Buenos Aires era atípico, ya que su concesión fue entregada a dos empresas, generando un monopolio, con la intención de beneficiarlas "desbalancenado las tarifas en el interior".

Por último comentó que los aumentos exhorbitantes son "inadecuados", indicando que "no se trata de un acto de economía de mercado".

Audiencia pública

Fallo. En Mar del Plata y Balcarce hay una resolución del juez Alfredo López --luego del recurso presentado por la Liga de Amas de Casa, la Defensoría del Pueblo y el Colegio de Abogados-- ordenando a Camuzzi facturar con valores vigentes al 31 de marzo y abstenerse de cortar el servicio a quien no pague el aumento.

Argumento. La decisión se basó en la falta de realización de una audiencia pública, el mismo argumento con el cual la justicia provincial suspendió los ajustes de la electricidad.

Opiniones. Esa práctica es la que garantiza brindar la información necesaria a los clientes sobre el pretendido ajuste, un derecho consagrado por la Constitución, como así también dar la oportunidad a los consumidores de manifestar sus opiniones.