Bahía Blanca | Viernes, 26 de abril

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La plusvalía exige un orden

se ha verificado en la ciudad un segundo caso en el cual desarrolladores inmobiliarios solicitan al municipio una excepción a un proyecto edilicio, planteando construir más metros cuadrados que los permitidos, en determinado sector de la ciudad, a cambio de lo cual aceptan realizar un aporte económico destinado a obras que favorezcan a la comunidad.

Si bien a este esquema de contraprestación se lo denomina “plusvalía”, esa palabra envuelve un concepto más abarcativo, por cuanto, en términos generales, es una estimación que deberían hacer los municipios cuando la ejecución de obras públicas a su cargo --pavimento, loteos, apertura de calles y servicios-- favorece a los propietarios de tierras o bienes en las zonas intervenidas. En ese caso se genera un cobro a los mismos, asumiendo que han elevado el valor de sus viviendas o terrenos.

Las situaciones verificadas este año en la ciudad --un permiso de construcción para un ambicioso complejo en Dorrego y General Paz y otro edificio en altura en Zelarrayán al 400-- conforman temas puntuales, donde los inversores pretenden llevar adelante obras que no se adecuan a la normativa urbana vigente.

El Concejo Deliberante analizó qué solicitar a cambio de otorgar el visto bueno a las mismas.

Ante estas solicitudes, el municipio analiza los pedidos, los metros cuadrados en exceso que se pretende materializar, el monto de la inversión y los beneficios que pueden obtener los inversores en caso de tener la excepción. También se considera el impacto de la obra y sus posibles efectos, favorables o negativos, para la ciudad en su conjunto.

A partir de ese estudio, en el cual pueden intervenir consultores externos --como los colegios de ingenieros, arquitectos, técnicos y agrimensores--, los concejales deciden, en caso de estar dispuestos a dar el visto bueno a la salvedad, considerar una “contraprestación”, el monto de la misma y su destino.

la realidad es que este manejo tiene mucho de arbitrario, su resultado final puede depender de la capacidad negociadora de las partes y hasta carece de la claridad necesaria que supone una resolución de este tipo. De allí la necesidad de establecer una reglamentación específica para esta temática en general, con condiciones y reglas donde tanto los inversores como los profesionales y constructores conozcan de antemano las condiciones a la hora de aspirar a una obra que excede los permisos legales.