Bahía Blanca | Jueves, 18 de abril

Bahía Blanca | Jueves, 18 de abril

Bahía Blanca | Jueves, 18 de abril

Fuerte disminución de las multas en las zonas controladas por radares

Las multas por exceso de velocidad varían entre 4.300 y 28.900 pesos y es potestad del juez de Faltas establecer el monto.

Mario Minervino / mminervino@lanueva.com

   Los bahienses comienzan a respetar, al menos en parte, las velocidades máximas permitidas en lugares donde saben que el control mediante radar es inflexible y contundente a la hora de detectar un exceso.

   Según datos aportados desde el Tribunal de Faltas local, durante diciembre de 2017, enero y febrero de 2018 se registraron "apenas" 380 actas de infracción, entre los seis radares fijos y los móviles.

   El último dato sobre este tipo de infracciones databa de 2016, cuando en el bimestre noviembre-diciembre de ese año se acumularon 8.301 faltas. 

   "Sin dudas la gente se está tomando más en serio el tema de los controles y las multas", se indicó desde el Juzgado.

   Las multas por exceso de velocidad varían entre 4.300 y 28.900 pesos y es potestad del juez de Faltas establecer qué monto a aplicar, siendo habitual tomar "un valor intermedio", que puede acercarse al máximo en caso de reincidencia.    

   Los radares controlan la falta de respeto a la luz roja del semáforo e invadir la senda peatonal en avenida Cabrera, Necochea y Láinez, Drago y 1810, Pilmaiquen y 14 de Julio, Colón y Vieytes, y Drago y Esmeralda.

   Los fijos que miden velocidad están ubicados en Don Bosco 2985 (máxima 40 km/h); Eduardo Sívori 4880 (40 km/h); Juan Domingo Perón --ex Camino de La Carrindanga-- 3750 (60 km/h),  autovía Presidente Raúl Alfonsín 970 (60 km/h) y avenida Cabrera (60 km/h).

   Los aparatos de control móviles están sujetos a rotaciones periódicas, aunque es habitual ubicarlos en Chile al 300, avenida Dasso 355, Montevideo 27, Drago y 1810 y Don Bosco 4100.

   En la ciudad existen dos tipos de radares: los móviles y los fijos. Los primeros exigen la presencia de un operador --agente del cuerpo municipal de inspectores-- y el infractor debe ser detenido metros más adelante, donde se le realiza el acta y se lo notifica.

   Los aparatos fijos funcionan de manera automática y una vez que registran un exceso emiten el acta, la cual se remite a la central de cómputos. 

   Una pata fundamental en el desarrollo del trámite es la cámara de empresas de control y administración de infracciones de transporte de la República Argentina (Cecaitra). 

Alcoholemia: retención de carnet y multa

   El juez José Luis Ares, titular del juzgado correcional Nº 1, confirmó la multa de 10.680 pesos más la inhabilitación para conducir por 18 meses en el caso de un conductor sancionado en nuestra ciudad por registrar una graduación etílica de 1,63 g/l, más de tres veces del máximo permitido.

   El magistrado rechazó los argumentos del infractor --cuestionó la habilitación de las pipetas utilizadas en el control y la falta de un médico al momento de realizarse el mismo-- así como su planteo de que no disponer de licencia "afecta su trabajo".

   Ares mencionó en su fallo que la pena "no aparece como irrazonable ni desproporcionada" y que la misma siempre implica "un perjuicio para quien las sufre".

   Se trata del primer caso que llega al juzgado con aplicación de la nueva ley, vigente desde enero, que eleva los plazos de inhabilitación para conducir. 

   El mínimo ahora es de 6 meses (de 500 a 999 mg/l), de 12 meses (de 1000 a 1500) y de 18 meses si la graduación es más de 1.500. El imputado puede recurrir a la Cámara de Apelaciones.