Bahía Blanca | Miércoles, 01 de mayo

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El Banco Central incentiva la cobertura climática en los créditos agropecuarios

La entidad redujo los requisitos de capital y de previsiones por riesgo de incobrabilidad.

   El Banco Central flexibilizó las condiciones para el otorgamiento de créditos a productores agropecuarios que tengan coberturas contra eventos climáticos. Este incentivo les permitirá a los productores transformarse en clientes menos riesgosos que accedan a préstamos más favorables, dijo la autoridad monetaria que conduce Federico Sturzenegger en un comunicado.

   En los últimos años se han desarrollado múltiples mecanismos de cobertura de riesgos que van más allá de los seguros agropecuarios tradicionales. En particular, seguros paramétricos que dependen de variables objetivas medibles, como niveles de lluvia en una determinada región e, incluso, activos financieros, cuyos pagos se asocian a dichas variables climáticas que también pueden ser usadas para cobertura de dichos riesgos.

   En este contexto de reducción de riesgos para esta clase de financiamiento, el BCRA redujo los requisitos de capital y de previsiones por riesgo de incobrabilidad para aquellos préstamos al sector agropecuario que contengan una cobertura de riesgos climáticos, en tanto cubra eventos con una ocurrencia de al menos una vez cada 20 años.

   De esta manera, al inducir a las entidades financieras a proveer estos mecanismos de cobertura, mejora la fortaleza del sistema ante la eventualidad de shocks climáticos como sequías o inundaciones de carácter extremo, dijo el BCRA.

   La decisión de la autoridad monetaria se materializó a través de la Comunicación A6489. Cuando se trate de MiPyMEs pertenecientes al sector agropecuario, la exposición máxima será el equivalente en pesos a 1.000.000 euros, al tipo de cambio comprador del Banco de la Nación Argentina al cierre de las operaciones del último día hábil del mes anterior del que se trate.

   Eso, en la medida que la exposición crediticia en exceso de 10.000.000 de pesos cuente con cobertura —a través de un seguro u otro instrumento financiero— frente a riesgos climáticos o meteorológicos que tengan una probabilidad de ocurrencia estimada de, al menos, una vez cada 20 años y el importe de la cobertura alcance a la totalidad de la mencionada exposición crediticia en exceso, dice la norma. (NA).