Bahía Blanca | Viernes, 26 de abril

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Viedma: la Justicia confirmó la prisión perpetua por la violación y el femicidio de Karen Álvarez

Condenaron a dos jóvenes de 23 años.
Foto: Archivo-Diario Río Negro

   El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro confirmó la prisión perpetua de dos jóvenes de 23 años condenados por el femicidio de Karen Álvarez, una adolescente de 14 años que fue violada, golpeada y estrangulada en 2014 en Viedma, informaron hoy fuentes judiciales.

   La condena dictada hoy por el supremo órgano de justicia rionegrino halló responsables del hecho a Carlos Mobilio y a Guillermo Jofré por el delito de "abuso sexual con acceso carnal agravado por haber sido cometido por dos o más personas, en concurso real con homicidio agravado por alevosía, para procurar la impunidad para sí y por haber dado muerte a una mujer, mediando violencia de género".

   En la oportunidad los defensores de los imputados interpusieron sus recursos de casación contra la condena dictada en febrero último por la Sala B de la Cámara Criminal de Viedma.

   En el primer caso, la instancia de Casación fue rechazada por la Cámara y el defensor interpuso un recurso de queja, el cual fue denegado en un reciente fallo del Superior Tribunal.

   La segunda casación, formulada por la defensa de Jofré, sí fue admitida por la Cámara y el caso llegó por esa vía al STJ, que ratificó la sentencia en todos sus términos.

   Los defensores coincidieron en "plantear la nulidad de la toma de muestras para pruebas de ADN y del secuestro de prendas de la víctima, alegando la violación de garantías procesales".

   Sin embargo, ese agravio fue rechazado por la Justicia rionegrina tras convalidar las formalidades y protocolos respetados por los funcionarios judiciales, y se concluyó que "ambos delitos estuvieron unidos y fueron cometidos por las mismas personas, basándose, en las pericias de ADN y en las conclusiones de la autopsia", que unió "el abuso con la muerte".

   Asimismo los dos defensores repudiaron la aplicación de la agravante por "violencia de género", afirmando en el caso de Jofré que la calidad de mujer de la víctima "no fue determinante" y en el caso de Mobilio que "el fallo no ha desarrollado aspectos vinculados con una relación desigual de poder y de subordinación".

   La jueza Zaratiegui sostuvo que "en el examen concreto de la conducta de Jofré, el abuso sexual es, sin lugar a dudas, un hecho de violencia de género, tal como lo define la normativa nacional e internacional, y la muerte de la menor se halla directamente relacionada con ese acto".

   El crimen de Karen Álvarez fue cometido entre la tarde y la noche del 24 de octubre de 2014, luego de que fuera vista por última vez cuando subía a una moto conducida por Mobilio. La chica apareció poco después en un campo de las afueras de Viedma violada, con seis golpes en la cabeza y estrangulada con su propio pantalón. (Télam)