Bahía Blanca | Jueves, 25 de abril

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Niegan la domiciliaria a un preso con HIV pero piden vacunarlo

Está condenado por un asalto. La Cámara consideró que en la cárcel recibe asistencia aunque, por su patología, debe ser protegido contra el coronavirus. 

C.E.A. -en el centro de la imagen-, al momento de su captura en noviembre último. Meses después fue condenado.

   Un hombre que fue condenado a 7 años de prisión por un robo con armas, y tiene antecedentes, tendrá que seguir en la cárcel pese a que pretendía el arresto domiciliario por ser paciente HIV y considerarse en riesgo por la pandemia.

   Así lo dispuso la Cámara Penal de Bahía Blanca, al ratificar la medida dispuesta por el Tribunal en lo Criminal N° 1, que condenó a C.E.A. (así se lo identificó).

   El acusado, de 35 años, recibió la sentencia a principios de este año, por el robo con armas cometido el 3 de marzo de 2020, poco antes de las 22, en el autoservicio de Guiraldes 42.

   En ese lugar, C.E.A., una mujer y otro sospechoso -armados con un pistolón- redujeron a la dueña, su hija y una clienta y se llevaron 85 mil pesos en cigarrillos, 30 mil pesos en efectivo, un control remoto de una moto Honda TCX 150, dos mochilas y una billetera con documentación varia, un celular, un pote de 3 litros de helado, una prepizza, un paquete de conitos y hasta una dentadura postiza metálica.

   Se dieron a la fuga en un Ford Fiesta violeta, aunque posteriormente fueron identificados, detenidos al menos dos de ellos y juzgados.

   La defensora de C.E.A., Virginia Stacco, apeló el rechazo a la morigeración de la prisión preventiva (al no estar firme la condena, se encuadra de esa manera) que viene sufriendo el hombre y pidió atender la situación sanitaria actual y el riesgo que implica estar dentro de un penal a una persona con HIV positivo.

   Consideró Stacco que los informes médicos son contradictorios y que en el Servicio Penitenciario Bonaerense no están dadas las condiciones de salubridad para alojar a internos con este tipo de afecciones y menos aún en la situación de pandemia actual.

No se justifica

   La Sala I de la Cámara (votos de Gustavo Barbieri y Pablo Soumoulou) coincidieron con el tribunal que condenó al asaltante y sostuvo que, más allá de la enfermedad que sufre y el contexto de emergencia sanitaria por el COVID-19, el beneficio no se justifica.

   "No surge de los dictámenes médicos realizados por la Asesoría Pericial Departamental que su afección actual justifique la medida requerida para su adecuado tratamiento", se afirmó.

   El recluso tiene HIV desde agosto de 2019 y está en tratamiento medicamentoso.

   "Se atiende normalmente en el Hospital Penna. El encierro en unidad penitenciaria no le impide tratar su enfermedad de base, siempre y cuando se realicen los controles indicados por su médico tratante y reciba la medicación que tiene indicada", agregaron.

   Los camaristas calificaron las consideraciones de la defensa solo como "opiniones personales", ya que la parte no aportó ningún elemento ni ofreció la intervención de otro médico que justifique sus argumentos.

   Por otro lado, se dispuso un seguimiento pormenorizado del estado de salud integral del detenido y se ordenó cumplir con los resguardos de prevención, suministro de elementos de higiene y acceso al derecho de salud.

   También tuvieron en cuenta un fallo de la Corte provincial, de mayo del año pasado, que más allá de observar las complejidades para resolver este tipo de cuestiones señaló que se deben atender aspectos personales del involucrado, las circunstancias del lugar de alojamiento, los hechos que lo privaron de la libertad y la pena impuesta.

   De todas maneras, y más allá de rechazar el beneficio del arresto domiciliario a C.E.A., la Cámara sí le requirió a Región Sanitaria I y/o al Ministerio de Salud provincial que atienda la posibilidad de vacunar al interno contra el coronavirus.

   Esto es a partir de "la característica de inmunodepresión que conlleva la patología que padece y su inclusión dentro de los grupos de riesgo ante una eventual contagio por Covid-19".

La banda de un "poliladron"

   Además de ser condenado por el robo en Guiraldes 42, C.E.A. integraría la banda del expolicía Carlos Meneses, a quien recientemente sentenciaron a 7 años y medio de prisión. 

   C.E.A. está imputado en esa causa (IPP 9506/20) y en algunas escuchas se lo identifica por su apodo de "Ñoqui" o "Ñoño".
Meneses fue sentenciado por organizar asaltos y liberar zonas, además de facilitar su arma, handie y chaleco reglamentarios para cometer los mismos.

   Esos hechos se registraron entre el 1 de mayo y el 9 de noviembre de 2019.

   Al negarle la domiciliaria a C.E.A., la Justicia advirtió que el monto de la pena (7 años) permite presumir el riesgo de fuga.

   Además calificaron de grave el asalto, no solo por el uso de armas sino por la amenaza a la comerciante de "matar a su hija de 12 años".