Bahía Blanca | Jueves, 28 de marzo

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La explicación de un jurista para entender la aberración del "desahogo sexual"

El doctor Roberto Carlés, secretario de la Asociacíon Latinoamericana de Derecho Penal y Criminología, dijo que "lamentablemente los delitos sexuales se siguen abordando como hace un siglo".

Roberto Carlés abogó por una pronta reforma del Código Penal.

   La excarcelación de 5 jóvenes acusados de una violación en manada en Chubut, a una chica de 16 años durante 2012, porque el fiscal dijo que se trató de "un accionar doloso de desahogo sexual", generó indignación y durísimas críticas a la medida.

   El jurista Roberto Carlés, profesor de la UBA y secretario de la Asociación Latinoamericana de Derecho Penal y Criminología, cuestionó la decisión del fiscal de Rawson Fernando Rivarola, aunque aclaró que la terminología "desahogo sexual" está en "todos los manuales de Derecho Penal".

   A través de su cuenta de Twitter @robertinocarles, el especialista publicó un hilo que puede ser didáctico para entender la situación.

   "Sin ánimo de exculpar al fiscal Rivarola, que en el mejor de los casos atrasa y en el peor encubre, permitanmé decirles que eso del 'desahogo sexual' está en todos los manuales de derecho penal. Lamentablemente, los delitos sexuales se siguen abordando como hace un siglo", dijo.

   "El paleopenalismo considera que delito sexual es aquel orientado por la voluntad del autor de procurar su satisfacción libidinal (el 'desahogo'). De ahí la resistencia de tantos juristas a considerar la penetración con objetos como violación (entre otros argumentos)", agregó.

La peor interpretación

   "Por eso, como siempre dijimos, es importante al momento de legislar imaginarse la peor interpretación que pueda hacerse del texto legal, porque seguramente a alguien se le ocurrirá. El legislador debe evitar redacciones que puedan causar problemas", opinó.

   Carlés, finalmente, abogó por la necesaria reforma del Código Penal. Dijo que sigue siendo "una asignatura pendiente", a 100 años de la sanción del vigente.

   "Deberá incluir perspectiva de género no solo en cuestiones de delitos contra la integridad sexual, sino también en materias como la legítima defensa, entre otras", cerró.

   En el caso de Chubut, el fiscal atenuó los delitos para algunos de los sospechosos durante un juicio abreviado -acuerdo con los defensores y los acusados-, con lo cual la pena sería de 3 años de prisión en suspenso y no irán a la cárcel.

   Esa posición tendrá que ser aceptada por el juez penal Marcelo Nieto di Biase.