Bahía Blanca | Jueves, 28 de marzo

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¿Qué planes existen para ponerse al día con la AFIP?

En esta nota, resumimos los contenidos centrales de las opciones vigentes para ponerse al día con el fisco nacional. 

   Aún sin la megamoratoria que proyecta el Gobierno nacional, las micro y pequeñas empresas, así como las organizaciones sin fines de lucro, cuentan con la posibilidad de reingresar al monotributo o regularizar deudas con el fisco nacional sin intereses, multas ni sanciones, según una completa guía de los planes vigentes que confeccionó La Nueva. con ayuda de la Dirección Regional Bahía Blanca de AFIP.

   Para los monotributistas que hayan sido excluidos del régimen, podrán reingresar al mismo por medio del Plan Permanente para Sujetos Excluidos del Monotributo (Resolución General 4.166 de AFIP), siempre y cuando la exclusión haya sido comunicada, a través del Sistema Registral, a partir del 1 de enero de 2017.

   En tanto, los clubes de barrio, entre otras organizaciones sin fines de lucro, cuentan con la opción de regularizar deudas tributarias y de los recursos de la seguridad social vencidas, además de condonar intereses, multas y demás sanciones, al 30 de noviembre de 2019, inclusive. También se pueden regularizar infracciones relacionadas con dichas obligaciones. El plazo de adhesión es hasta el 30 de junio de 2020, venciendo la primera cuota el 16 de julio de 2020.

   Para acceder a las mismas, se debe presentar el Certificado Mipyme vigente al momento de adhesión al régimen, y, de no contar con el mismo, los interesados podrán adherir en forma condicional y presentarlo hasta el 30 de junio de 2020, inclusive.

Contribuciones patronales

   Aquellas firmas beneficiadas por la postergación del pago de las contribuciones patronales en el marco del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP) podrán regularizar sus deudas por este concepto a través del servicio Mis Facilidades (www.afip.gov.ar), en función de los períodos a regularizar y hasta las fechas que se indican a continuación:

- Devengado marzo de 2020: desde el 9 de junio y hasta el 31 de julio de 2020, inclusive
- Devengado abril de 2020: desde el 1 de julio y hasta 31 de agosto de 2020, inclusive.
- Devengado mayo de 2020: desde el 1 de agosto y hasta el 30 de septiembre de 2020, inclusive.

   En el caso de planes de pago anteriores caducos, se los puede refinanciar siempre y cuando hayan caducado hasta el día 30 de abril de 2020 (inclusive). En este caso, es posible refinanciar obligaciones impositivas, aduaneras y de la seguridad social, incluyendo la cancelación de saldos de los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales, el Plan Permanente para sujetos excluidos del Monotributo y el Plan de Pagos Permanente. El plazo de adhesión es hasta el 30 del corriente.

   Finalmente, el Plan Permanente permite regularizar -entre otras- deudas fiscales, intereses y multas vencidas o con vencimiento de la obligación de pago en el mismo mes de la presentación del plan.