Bahía Blanca | Viernes, 19 de abril

Bahía Blanca | Viernes, 19 de abril

Bahía Blanca | Viernes, 19 de abril

Vuelta a la presencialidad: el rector de la UNS habló sobre la situación en Bahía

"No estamos hablando de clases presenciales tradicionales, sino de prácticas, laboratorios y exámenes que no puedan desarrollarse en entornos virtuales", aclaró.

Foto: Archivo La Nueva.

   El rector de la Universidad Nacional del Sur (UNS), Daniel Vega, se refirió esta mañana a la decisión administrativa de la Jefatura de Ministros de la Nación que aprueba los lineamientos básicos para el retorno a la presencialidad en las universidades e institutos.

   "Establécese que en el marco del protocolo y lineamientos generales para el retorno a las actividades académicas presenciales en las universidades e institutos universitarios, aprobado por la Resolución del Ministerio de Educación 1084 del 8 de agosto de 2020, este revisará y prestará conformidad a los planes jurisdiccionales para el retorno de las actividades", indica el artículo 1 de la norma.

   Y en el 2 agrega que "con la conformidad del Ministerio de Educación, la efectiva reanudación de las actividades académicas presenciales en Universidades e Institutos Universitarios será decidida por las autoridades provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, según corresponda, quienes podrán suspender las actividades y reiniciarlas conforme la evolución de la situación epidemiológica".

   En este marco, el rector señaló en el sitio web de la UNS que "vamos a trabajar en los protocolos adecuados a las nuevas normativas para presentarlos al Ministerio y a las autoridades provinciales para reanudar algunas actividades presenciales [...] Debe quedar claro que no estamos hablando clases en la manera tradicional en el corto plazo, sino de actividades prácticas, laboratorios y exámenes que no puedan desarrollarse en entornos virtuales y aquellas que sean esenciales para la continuidad académica de los estudiantes".

   La norma firmada hoy sostiene que "las actividades mencionadas en el artículo 1° quedan autorizadas para realizarse conforme los protocolos que en cada caso establezcan las autoridades sanitarias locales, en el marco allí indicado. En todos los casos alcanzados por el artículo 1° se deberá garantizar la organización de turnos, si correspondiere, y los modos de trabajo que garanticen las medidas de distanciamiento e higiene necesarias para disminuir el riesgo de contagio de COVID-19".

También indica que "los institutos universitarios y universidades deberán garantizar las condiciones de higiene y seguridad establecidas por la jurisdicción para preservar la salud de sus trabajadoras, trabajadores y estudiantes".

   En ese sentido, Daniel Vega sostuvo que "los lineamientos que establece el Protocolo para garantizar la seguridad sanitaria de docentes, no docentes y alumnos en el caso de actividades  presenciales implican adaptar todos los espacios, reprogramar los turnos de clases en grupos más reducidos, lo que a su vez significa la reasignación de aulas. Además debe terminar de dotarse a todos los espacios de la universidad de los elementos seguridad necesarios".

   "Vamos a evaluar con los decanos y decanas y el personal sanitario y de seguridad e higiene de la UNS las solicitudes que podríamos presentar a las autoridades nacionales y provinciales, en virtud de los avances que fuimos haciendo en este tiempo para adaptar los espacios, y los comunicaremos de inmediato", indicó Vega.

   La nueva disposición también establece que "el personal directivo, docente y no docente y los y las estudiantes que asistan a las actividades académicas presenciales que se hubieren reanudado, quedan exceptuados de la prohibición del uso del servicio público de transporte de pasajeros urbano, interurbano e interjurisdiccional, según corresponda y a este solo efecto".

   En tanto, "las personas alcanzadas por la presente medida que se encuentren en partidos, departamentos o aglomerados comprendidos en el artículo 9° del Decreto N° 814/20, o en el artículo 3° del mismo y que, para asistir a ­las actividades académicas presenciales, circulen por fuera del límite del aglomerado, departamento o partido donde residan, deberán tramitar el Certificado Único Habilitante para Circulación - Emergencia COVID-19, que la Secretaría de Innovación Pública de la Jefatura de Gabinete de Ministros pondrá a disposición en un campo específico denominado UNIVERSITARIO habilitado en argentina.gob.ar/circular". (UNS y La Nueva.)