Bahía Blanca | Jueves, 25 de abril

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La Plata: nuevo convenio y mejoras para la residencia de estudiantes pringlenses

El municipio destinará 420.000 pesos durante el corriente año.

Eugenia Cavallaro (izq.), Lisandro Matzkin, Sheila Koppel y Nicolás Montenegro, tras la firma. / Fotos: Agencia Coronel Pringles

   El intendente pringlense Lisandro Matzkin y Nicolás Montenegro, presidente del Centro de Estudiantes Pringlenses, Asociación Civil (Cepac), fueron los responsables de rubricar el convenio que permite seguir avanzando para mejorar la residencia de los estudiantes en La Plata y da un nuevo impulso al trabajo en conjunto entre comuna y asociación civil.

   Mediante el convenio, el municipio se compromete a otorgar —durante 2020— un subsidio mensual de $ 35.000 al Cepac, el que será destinado a contribuir con el pago del alquiler del inmueble que la Asociación contrate en La Plata, destinado a funcionar como residencia estudiantil y ofrecer un primer espacio de contención a jóvenes pringlenses que buscan completar sus estudios terciarios o universitarios, pero que carecen de recursos económicos suficientes para solventarse.

Lisandro Matzkin y Nicolás Montenegro, en el acto.

   Para este año un total $ 420.000 será abonado mediante depósito mensual en la cuenta que el Cepac posee en el Banco de la Nación Argentina y se hará de la siguiente forma: una cuota en el mes de enero de $ 111.000 y once cuotas mensuales y consecutivas de $ 28.091 de febrero a diciembre, inclusive.

   Acompañaron la firma Eugenia Cavallaro (directora de Cultura); Oscar Rossi (secretario de Desarrollo); Ignacio Tonelli (Gestión Educativa y Juventud) y Sheila Koppel, del Centro.

   Como contraparte, el CEPAC se comprometió a cumplir una serie de requisitos. Entre ellos, que el inmueble contratado sea destinado a residencia estudiantil para jóvenes pringlenses, cuya residencia efectiva en el partido de Coronel Pringles sea de los últimos tres años.

Eugenia Cavallaro, directora de Cultura pringlense.

   También, para evaluar a los potenciales residentes, se tendrá en consideración el rendimiento académico de los aspirantes, la carrera a seguir, así como sus circunstancias sociales y económicas, avalada por un informe socioambiental realizado por profesionales del área de Acción Social .

   Asimismo, establecer como criterio, para la admisión en el listado de aspirantes, la certificación de finalización del ciclo secundario y que el solicitante desee estudiar una carrera que se dicte únicamente en La Plata o zonas más alejadas. En el mismo sentido, no será admitido si hubiera oferta educativa en Pringles o zonas aledañas de manera gratuita.

   También que los jóvenes estudiantes tengan un buen rendimiento en su carrera, debiendo acreditar fehacientemente la aprobación del 70 % de las materias o el 80 % aprobado de la cursada según la ordenanza marco.

Nicolás Montenegro y Sheila Koppel, del Cepac.

   Asimismo, que el joven estudiante no sea beneficiario de una beca municipal y mantener un cupo de diez estudiantes, el cual deberá ser acreditado en los meses de marzo y de agosto, por un listado firmado con carácter de declaración jurada.

   Finalmente, garantizar la renovación de los residentes fijando un tiempo máximo de permanencia: el plazo de duración de la carrera elegida con posibilidad de prórroga por seis meses con máximo de un año y cuya causal deberá ser acreditada y sólo se admitirá un único cambio de carrera.

   Los ítems enunciados serán considerados por la comisión de administración de becas de apoyo (autoridad de aplicación de la ordenanza Nº 4.609), quien informará al DE.

   En materia de rendición de cuentas, el Cepac deberá presentar al municipio la documentación que avale el alquiler y el uso de la propiedad en los términos acordados.

Sheila Koppel y Oscar Rossi, secretario de Desarrollo.

   Hay que tener en cuenta que, en caso de prorrogarse este convenio en los próximos años, el subsidio que otorgará la comuna será el equivalente a 10 becas municipales como máximo para carreras terciarias/universitarias en instituciones educativas ubicadas en concordancia con lo establecido por la Ordenanza Nº 4609.

   A su vez, y en caso de que los requisitos establecidos no sean cumplidos, el municipio quedará habilitado a rescindir el convenio de manera unilateral.