Bahía Blanca | Sabado, 20 de abril

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Renta Financiera: hay un mes más para presentar la declaración jurada

La fecha de pago del llamado impuesto cedular no se modificó, informó la AFIP.

     La fecha para la presentación de la declaración jurada del impuesto a la Renta Financiera fue postergada por un mes, al tiempo que las de Ganancias, Ganancia Mínima Presunta y Bienes Personales se aplazaron por una una semana, informó hoy la AFIP.

     Además, en Ganancias, Bienes Personales y Ganancia mínima Presunta el pago también se aplazó por una semana, pero en Renta Financiera no se modificó, según una resolución general que se publicará mañana en el Boletín Oficial.

     En cuanto al impuesto a la Renta Financiera, la fecha de presentación de la declaración jurada se aplazó al 19 de julio; no será requisito previo tener presentada la respectiva declaración jurada para adherir al plan de pagos de este impuesto.

      El nuevo esquema de presentación y pago de Ganancias de Personas Humanas, Bienes Personales y Ganancia Mínima Presunta se adjunta a continuación.

Sin cambios en la fecha de pago

     Tal como se mencionó, la fecha de pago del impuesto a la Renta Financiera no se modificó y quedó establecida de la siguiente manera:
     

     -El día 21/6 para los contribuyentes cuyo CUIT termine en 0, 1, 2 y 3.
    

      -El día 24/6 para los contribuyentes cuyo CUIT termine en 4, 5 y 6.
     

        -El día 25/6 para los contribuyentes cuyo CUIT termine en 7, 8 y 9.

      Cabe recordar que hay tres maneras de cumplir con el pago del denominado “Impuesto Cedular”:

       -Los ahorristas que hayan percibido hasta 200.000 pesos de renta bruta el año pasado podrán generar un volante electrónico de pago (VEP) en cuatro pasos, sin necesidad de presentar una declaración jurada. El impuesto se aplica a los intereses obtenidos por encima del mínimo no imponible de $ 66.917,91.

       -La segunda opción, que rige para todos los contribuyentes, es una declaración jurada simplificada en la que solamente se deberá declarar cada tipo de inversión en forma abreviada. Por ejemplo, en un solo renglón se informarán los rendimientos de todos los plazos fijos que pueda haber tenido un contribuyente.

         -La tercera posibilidad es la declaración jurada convencional del impuesto, en la que los contribuyentes deben incluir, en forma detallada, cada uno de los rendimientos que obtuvieron.