Bahía Blanca | Martes, 15 de julio

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Fallo judicial: un conflicto de pareja que derivó en dos condenas por robo

Un hombre fue sentenciado por sustraer elementos de la casa donde vive su expareja y también acusaron a su madre.

Fotos: Archivo LN.

Un episodio registrado hace poco más de dos años en nuestra ciudad derivó en la condena de un hombre acusado de ingresar a la casa de su expareja y retirar una serie de elementos del lugar en ausencia de la mujer.

Por el caso también fue sentenciada su madre, quien se encontraba en el sitio cuando se produjo el hecho.

El fallo (en primera instancia y con posibilidades de apelación) fue dictado por el juez del Tribunal en lo Criminal Nº 3, Julián Saldías, quien responsabilizó a Laurencio Brown y Lady Patricia Mayer como coautores del delito de robo agravado por haberse cometido en poblado y en banda y les impuso la pena de tres años de prisión, aunque en suspenso.

El magistrado también determinó que deberán cumplir reglas de conducta por el mismo plazo, además de ordenarles la prohibición de acercamiento, perturbación o intimidación a la víctima.

Del mismo modo, dispuso que el hombre realice un taller de nuevas masculinidades y su madre, un curso de violencia de género.

En la causa también resultó imputada Andrea Acuña quien, según indicaron fuentes oficiales, resolvió su situación con una suspensión de juicio a prueba.

Posiciones diferentes

Según sostuvo el fiscal Juan Pablo Schmidt, el 10 de febrero de 2023, alrededor de las 14, los imputados, junto a otro sujeto que no pudo ser identificado, se presentaron en el domicilio de la víctima, ubicado en la calle Athos Lázzari del barrio San Agustín.

Indicó que violentaron la cerradura del inmueble y accedieron sin el consentimiento de la mujer, quien se encontraba en Monte Hermoso.

Una vez adentro, según el Ministerio Público Fiscal, cortaron los cables de la central de la alarma y sustrajeron distintos elementos (muebles, artículos electrónicos y herramientas, entre otras cosas) que cargaron en los vehículos con los que habían arribado.

En su alegato expuso que el ingreso a la propiedad fue violento y que uno de los imputados describió cómo sucedieron los hechos.

Indicó que si bien la medida de exclusión del hogar respecto de Brown había vencido, “no daba derecho al ingreso al inmueble y retirar de la víctima y los adquiridos en forma conjunta”.

Una posición similar expresó la abogada Ornela Scarano, representante de la damnificada.

En tanto, la letrada del acusado, doctora Ileana Cura, mencionó que “nunca evadió su responsabilidad de haber ingresado a su hogar junto con su madre y una amiga”.

Consideró que “no fue a robar ni en banda, sino a retirar bienes que pertenecían a su familia”.

Argumentó que no se pudo comprobar el retiro de objetos ajenos y que “no se vulneró la intimidad de la denunciante ni un domicilio ajeno”. 

La casa, según mencionó, no estuvo custodiada y que “pudo suceder cualquier cosa” entre el momento en el que su asistido fue trasladado a una dependencia policial (a partir de un incidente con una persona enviada por la víctima cuando tomó conocimiento de la situación) y el arribo de la denunciante. Agregó que luego de cuatro horas un escribano relevó que “no había nada en la casa”.

El abogado José Manuel Sáez, representante de Mayer, adhirió a la postura y agregó que el caso “no se debió haber sido criminalizado”, y que “la exclusión no producía la interverción del título de propiedad”.

Las pruebas

El juez sostuvo que la víctima realizó “un relato sincero, espontáneo y cargado de emotividad de lo vivido”.

La mujer describió que la empresa de seguridad le avisó acerca de la activación de la alarma de su  casa.

En tanto, una vecina le dijo que estaba su expareja y la madre, y que “se están llevando todo”.

La mujer (quien le envió fotos) le indicó que también había otras personas y que entraban y salían del lugar.

Dijo que un familiar se dirigió al sitio por su pedido y filmó lo que pasaba.

También ratificó que al llegar detectó los faltantes.

El juez sostuvo que el relato fue corroborado por otros testigos, uno de los cuales señaló que un cerrajero les indicó que la cerradura fue agujereada para abrir la puerta.

“Los postulados de las defensas, sin sustento probatorio alguno, no constituyen argumentos que permitan derribar el pétreo, sólido y contundente plexo probatorio reunido por los acusadores”, indicó en el fallo.

Teoría sin sustento

Postura. El juez rebatió la postura defensista y dijo que “ninguna prueba se aporta para abastecer su teoría del caso, sino más bien intentaron encontrar a una persona que podría ser quien haya sustraído los bienes (en alusión a un obrero que trabajaba en una casa del sector) sin pruebas válidas, sino sospechas o conjeturas”.

Derechos. Agregó que "más allá que la cautelar se encontraba vencida, existía una separación de hecho entre ellos, y una interrupción de la cohabitación". Dijo que Brown "no ocupaba ese lugar en forma real y actual, aún cuando pudiera tener bienes que le pertenezcan a él o a terceras personas”.

Fuerza. Respecto al delito atribuido, dijo  que "se procedió a la rotura de una puerta que posibilitó a los autores el acceso al lugar en donde se encontraban las cosas que fueron sustraídas. Se empleó una fuerza física suficiente para vencer la defensa que la puerta oponía para el ingreso de la propiedad, y que constituía, junto con la alarma y las cámaras, medios defensivos que había sido colocados (por la víctima) con el claro propósito de crear un obstáculo a todo intento de penetración”.