Bahía Blanca | Jueves, 25 de abril

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Excarcelaron al conductor que atropelló y mató a un ciclista y se dio a la fuga

La Cámara Penal, por una cuestión procesal/legal, revocó la medida en favor de Marcos Romero Benítez y lo liberó, aunque le impuso distintas obligaciones.

   Marcos Ezequiel Romero Benítez (18), acusado de atropellar y matar a un ciclista y escaparse del lugar, fue excarcelado por la Cámara Penal.

   La Sala I revocó la resolución de la jueza de Garantías Marisa Promé, quien días atrás había dictado la prisión preventiva del joven, en el marco de la causa que tuvo por víctima a Juan Pedro Espinoza Maldonado (29), en Pampa Central al 1600.

   De esa manera los jueces Pablo Soumoulou y Gustavo Barbieri apoyaron el pedido del defensor oficial Sebastián Cuevas.

   Romero Benítez está acusado de homicidio culposo agravado por la conducción de un vehículo automotor, por exceso de velocidad, fuga y ausencia de socorro a la víctima y culpa temeraria y lesiones leves culposas, en concurso ideal de delitos.

   La Cámara argumentó, en principio, una razón técnico legal para otorgar el beneficio.

   Explicó que el artículo 169, inciso 2 del Código Procesal Penal bonaerense menciona que "podrá ser excarcelado todo detenido cuando ninguno de los delitos imputados, en su acumulación, tenga una pena cuyo máximo no supere los 8 años".

   En este caso los delitos prevén una escala de 6 años de prisión como máximo.

   Señaló además la Cámara que, según el legislador provincial, esa norma aplica cuando no existe presunción de riesgos procesales y que en la causa no hay referencia o prueba que tanto el acusado como algún allegado haya tomado contacto con los testigos ni la intención de alterar algún medio de convicción.

   Por otro lado, remarcó que la pena potencial efectiva no es un requisito exigido para aplicar lo que estipula el citado artículo 169 del CPP.

   Soumoulou y Barbieri reconocieron que, más allá de la "conducta reprochable" del joven conductor de la Renault Kangoo cuando abandonó a la víctima que atropelló y se dio a la fuga, no existe evidencia de peligro de fuga.

   Al dictar la excarcelación, le fijaron a Romero Benítez distintas obligaciones.

   Tendrá que constuir domicilio del que no podrá ausentarse por más de 24 horas sin aviso, no podrá salir del país sin autorización judicial y tendrá que someterse al control del Patronato de Liberados.

   Además deberá presentarse una vez por més (del 1 al 10) en el juzgado que tramita la causa y comparecer a la fecha del debate y presentarse a la lectura del fallo que pudiera fijarse.