Bahía Blanca | Jueves, 28 de marzo

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Fue a juicio por un caso de violencia de género pero lo absolvieron

Diego Daita estaba acusado de lesionar en el rostro a su expareja en Mayor Buratovich. Para la justicia el hecho pudo haberse dado como dijo el procesado: en defensa de una de sus hijas.

 

   Un caso que llegó a juicio por violencia de género terminó con la absolución del acusado, a quien benefició la duda. La justicia creyó que el hombre actuó en defensa de uno de sus dos hijos menores.

   Diego Nicolás Daita, de 37 años, escuchó el fallo a su favor dictado por el juez en lo Correccional Nº 1, doctor José Luis Ares.

   El acusado había llegado al debate acusado de lesiones leves agravadas y el fiscal Marcelo Romero Jardín pretendía que le impusieran una pena de 6 meses de prisión en suspenso.

   Sin embargo Ares acogió el planteo del defensor Sebastián Cuevas y consideró posible que haya reaccionado para evitar una agresión de su exmujer a una hija de ambos, que en ese momento tenía menos de un año.

   El hecho se registró el 11 de junio de 2015, sobre las 21, en el interior del domicilio de Santiago Buratovich 1028 de la localidad homónima del partido de Villarino.

   María Carolina Pérez recibió un golpe que le provocó traumatismos múltiples a nivel facial.

   En la denuncia acusó a Daita, con quien mantuvo una relación de pareja de 3 años y comparte a dos hijos menores.

   Dijo que el hombre la maltrataba en el último tiempo de la relación y que esa noche él tomó en brazos a la beba y comenzó a gritarle y ella recibió un golpe de puño en la frente cuanto trató de interceder.

   Sin embargo, en el juicio cambió la versión. Pérez dijo que la pelea se produjo porque ella descubrió una supuesta infidelidad a través del celular de él.

   Una amiga de la mujer -la acompañó a hacer la denuncia- confirmó que la mujer tenía el rostro afectado y también dijo que la relación entre ambos era conflictiva.

   Daita hizo un relato opuesto al de su exmujer. Aseguró que aquel día llegó a su casa y su expareja le quería pegar a la nena y que ese tipo de conductas eran habituales.

   Él tomó a la nena en brazos y ella se le abalanzó, entonces la empujó para sacársela de encima y la mujer pegó con el marco de la puerta y se lastimó.

Video comprometedor

   El acusado también reconoció que la relación era difícil y que Pérez era muy celosa.

   Por último, mencionó que ella una vez ella simuló ahorcar a su hijo mayor y le mandó a él un video de esa acción por WhatsApp, hecho reconocido por la mujer en el juicio, al afirmar que ese día tuvo "un desborde" y había agarrado al nene del cuello.

   En consecuencia, para Ares no se logró probar la autoría de Daita.

   Dijo que Pérez, por un lado, incurrió en "variadas y serias contradicciones" entre lo que dijo en primera instancia y durante el juicio y que cambió el motivo de la discusión y hasta el lugar donde había recibido el golpe, porque en principio había dicho en la frente y en los tribunales aseguró haber sido golpeada en la nariz.

   Tampoco supo precisar en brazos de quién estaba la beba al momento del hecho y usó repetidamente el verbo "creer", es decir que estuvo lejos de dar certeza o afirmar.

   "En todo este panorama tan confuso y contradictorio, la versión del imputado no aparece como descabellada, sobre todo teniendo en cuenta que lo afirmado por Daita de que su exmujer solía agredir a sus hijos", concluyó el juez.

   Por otro lado, un vecino refirió en el debate que Daita goza de muy buen concepto.

   "En consecuencia debo dar por acreditado que el imputado actuó en legítima defensa de un tercero (su pequeña hija) ante la inminente agresión ilegítima de su pareja y utilizando un medio racional para repeler el embate, esto es un empujón teniendo a la menor en brazos para protegerla", finalizó. En todo caso la duda debe favorecer al acusado.